Se promocionaba en redes sociales

Anmat prohibió la venta de un dióxido de cloro denunciado en Mendoza

Se trata del producto identificado con el rótulo Los Ángeles CDS. Su comercialización fue prohibida por tratarse de un producto ilegítimo que se promocionaba en redes sociales.

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MDZ Sociedad miércoles, 2 de diciembre de 2020 · 10:26 hs
Anmat prohibió la venta de un dióxido de cloro denunciado en Mendoza

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización de una marca de dióxido de cloro que había sido denunciada en Mendoza. Lo hizo a través de la Disposición 8783/2020, publicada en el Boletín Oficial de hoy.

La Disposición indica que se prohíbe el uso y la comercialización en todo el país del producto identificado en su rótulo como: "SOLUCIÓN DE DIÓXIDO DE CLORO (ClO2) 3000 ppm LOS ANGELES CDS", en todas sus presentaciones, por resultar ser un producto ilegítimo.

La normativa indica que las actuaciones se iniciaron por "una denuncia realizada ante el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, formulada por la empresa INAP SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en carácter de titular y elaborador habilitado de productos domisanitarios".

"La empresa informó que detectó a través de la red social Facebook la publicación del producto y que en la misma se está haciendo uso del número de aprobación de la firma INAP S.R.L ante esta Administración Nacional, para la producción y comercialización de un producto que no le pertenece" por lo que "la firma adjunta la denuncia correspondiente realizada ante el Ministerio Público Fiscal de la provincia de Mendoza".

La disposición consigna que la publicación indica que "es un producto permitido y aprobado como sanitizante según Disposición de la Anmat de Argentina Nº 4399/17 y que es un producto de uso profesional en la industria sanitaria, alimenticia y gastronómica" y sostiene que "el dióxido de cloro CDS es muy perdurable ya que es el más efectivo conservante antiviral, bactericida, fungicida utilizado desde los ’90s, que debido a la aparición del virus HIV-SIDA, por norma sanitaria mundial se utiliza para conservar y descontaminar la sangre viva almacenada para transfusiones por su poder para destruir e incapacitar a todos los virus, incluido el COVID-19 y evitar contagios; elimina esporas, hongos, malos olores, desinfecta y purifica el agua, por último que es un producto altamente eficiente y confiable".

Frente a ello, "el Servicio de Domisanitarios constató que la Disposición Anmat Nº 4399/17 a la que se alude en la publicación del producto, corresponde a la aprobación del registro del producto domisanitario “limpiador sanitizante alcalino para uso en la industria alimenticia, marca INAP114”, titularidad de INAP S.R.L., pero que la empresa INAP S.R.L declaró que el producto promocionado no es propio, que no tienen relación alguna con la fabricación y/o comercialización del mismo, ni con las personas involucradas, resultando por lo tanto ser un producto ilegítimo".

Es por todo esto que la Anmat prohibió su uso y comercialización en todo el territorio nacional y comunicó su decisión a las autoridades sanitarias provinciales, al Ministerio de Salud de la provincia de Mendoza y al Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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