nuevo protocolo

Una provincia prohíbe a sus policías disparar contra autos en movimiento

Córdoba prohibió para los miembros de la Policía provincial la utilización del arma de fuego para disparar contra una multitud, o hacia un auto en movimiento, o como herramienta de disuasión frente a la fuga de un control vehicular.

Redacción MDZ
Redacción MDZ martes, 27 de octubre de 2020 · 18:10 hs
Una provincia prohíbe a sus policías disparar contra autos en movimiento
Foto: La Voz del Interior

Córdoba prohibió para los miembros de la Policía provincial la utilización del arma de fuego para disparar contra una multitud, o hacia un auto en movimiento, o como herramienta de disuasión frente a la fuga de un control vehicular, en el marco de un nuevo protocolo que buscará reducir los casos de gatillo fácil.

Se trata del Protocolo de Actuación Policial Para Uso Legal y Racional de la Fuerza, el cual tiene como objetivo erradicar posibles hechos de "gatillo fácil' como los que ocurrieron durante este año, entre ellos los que terminaron con los asesinatos de los adolescentes Valentino Blas Correas y Joaquín Paredes, por los que hay efectivos detenidos.

"El uso del arma de fuego es una excepción excepcionalísima", sólo es para situaciones de "riesgos inminentes para la vida del personal policial o de terceros", aseveró el ministro de Seguridad de Córdoba, Alfonso Mosquera, durante una conferencia de prensa citada por la agencia de noticias Télam.

En ese sentido, advirtió que "aquellos oficiales jefes o superiores que no estén a la altura de las circunstancias, deberán abandonar de inmediato los deberes de su cargo", ya que habrá "tolerancia cero" en el cumplimiento del nuevo protocolo que establece el "uso legal y racional de la fuerza" de los efectivos policiales en los procedimientos.

El protocolo fue elaborado por el Ministerio Público Fiscal, los Ministerios de Justicia y Derechos Humanos y Seguridad, la Policía de la provincia y expertos en la temática que, entre los principales puntos, obliga al organismo de seguridad provincial a regular el uso de la fuerza por parte del personal policial, propendiendo a la minimización de su uso para la protección de los derechos humanos. Además, prevé brindar protección y seguridad al personal policial sobre la correcta manera en que debe usarse la fuerza.

Asimismo, establece “prohibiciones” como hostigamiento, entendido como el conjunto de prácticas que constituyen las relaciones entre el personal policial y la ciudadanía, al igual que el uso de las técnicas de defensa personal que impliquen riesgo para la vida de las personas. Entre otras, figuran el de efectuar disparos hacia una multitud; o hacia o desde vehículos en movimiento, aunque aclara que se exceptúa esta regla en los casos en que se encuentre en riesgo inmediato, inminente y grave la vida del personal policial y/o la de terceras personas y no hubiere otra opción de abordaje de la situación.

Tampoco pueden utilizar el arma de fuego directamente o como herramienta de disuasión frente a la huida de un control vehicular, la fuga de una persona legalmente aprehendida o perseguida para aprehender o la falta de cumplimiento de una orden verbal, salvo que se encuentre en riesgo inmediato, inminente y grave la vida del personal policial y/o la de terceras personas.

"El arma de fuego solo se debe desenfundar en caso de su uso potencial ante circunstancias que claramente requieren controlar una situación peligrosa para la vida", señala el protocolo.

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