Condenan a dueños de un geriátrico por la muerte de una anciana
La Cámara Federal de Casación Penal ratificó la condena a tres años de prisión en suspenso a la pareja responsable de un geriátrico de la Ciudad de Buenos Aires en el que murió una anciana, aunque no se pudo probar que el deceso haya sido como consecuencia de la omisión de cuidado, indicaron esta mañana fuentes judiciales.
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La Sala Cuarta de la máxima instancia en lo penal del país rechazó un recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal 16 que el 15 de octubre de 2014 resolvió "condenar a Juan Andrés Gil Fielberg y Mónica Estela Acosta a la pena de tres años de prisión de ejecución en suspenso".
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EL TOC16 también les impuso a ambos "inhabilitación especial para ser titulares de establecimientos geriátricos por el término de cuatro años y costas, por considerarlos autores penalmente responsables del delito de lesiones culposas", según se desprende del fallo al que la agencia estatal Télam tuvo acceso.
En esa resolución de 19 carillas los camaristas Mariano Borinsky, Juan Gemignani y Gustavo Hornos coincidieron en que "la conducta atribuida a los titulares del geriátrico donde se hallaba internada la víctima (Aida Sacconi) –cuyos problemas de salud, sobre todo mentales, eran ampliamente conocidos por ellos- cumple con los requisitos del tipo objetivo del delito de lesiones culposas".
Para los magistrados se acreditó la "creación de un riesgo jurídicamente desaprobado, relación de causalidad, determinación con el resultado típico (que debe ser de aquellos que la regla de cuidado inobservada trata de evitar) y previsibilidad del resultado, ya que las lesiones sufridas respondieron al proceder descuidado de los imputados".
En ese sentido apuntaron que los condenados "no contaban con la asistencia médica y psiquiátrica necesaria, a lo que se sumó que los imputados contrataron para el cuidado nocturno de los quince ancianos que se encontraban internados, solamente a una mujer de 18 años de edad, sin experiencia ni título de enfermera".
Inicialmente la pareja llegó a juicio procesada por el juez de instrucción Luis Rodriguez por el delito de "homicidio imprudente" en perjuicio de una paciente que fue desatendida, pese a que presentaba lesiones que se venían repitiendo a lo largo del tiempo.
Sin embargo el fiscal de juicio recalificó la acusación en orden al "delito de lesiones culposas (artículo 94 del C.P.), por cuanto no pudo acreditarse que aquellas ocasionaran directamente la muerte de la víctima".
Según la acusación, la víctima Sacconi "quien había ingresado en el geriátrico ‘Versailles’, sito en la Avenia Rivadavia 6362 de esta ciudad, el 22 de junio de 2007 llevada por su hijo, hallándose a cargo del mismo Juan Andrés Gil Feilberg (en carácter de dueño) y Mónica Estela Acosta, su pareja-".
"El 14 de agosto de 2007 en horas de la madrugada sufrió lesiones en diversas partes del cuerpo, lo que motivó su internación en el Instituto Lanari, donde falleció dos días después" y en la autoppsia se constató "la existencia de lesiones de origen traumático con distintos tiempos de evolución, oscilando entre dos y veinte días desde la fecha del deceso".