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Nuevo requisito para viajar fuera del país con menores de edad

La autorización para casos excepcionales tiene costo de $450, tendrá validez por un solo viaje y deberá ser utilizada dentro de los 30 días de su emisión.

El Ministerio del Interior y Transporte, por intermedio de la Dirección Nacional de Migraciones, informó que se produjeron cambios relacionados con las normativas documentarias y de autorizaciones de menores para viajar al exterior en virtud de las modificaciones operadas por la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial.

El escribano sigue siendo el funcionario habilitado para expedir las autorizaciones a menores de edad antes de salir del país. Pero, en casos excepcionales, se puede gestionar la autorización en la Sedes Centrales de Migraciones. A partir del 1 de agosto, de acuerdo a Disposición DNM 3328/2015 del 28 de julio. 

La Autorización otorgada por Migraciones -previo pago del habitual arancel de 450 pesos- tendrá validez por un solo viaje y podrá ser utilizada dentro del plazo perentorio de 30 días desde su emisión.

En estos casos, en la autorización deberá hacerse constar la norma que habilita al funcionario a expedir la autorización con transcripción de la parte pertinente.

La documentación necesitará la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, excepto cuando se trate de países miembro del Mercosur y Estados Asociados.

¿Qué documentos hay que llevar?

Migraciones recordó cuáles son los documentos hábiles por Argentina para egresar del territorio por vía aérea, terrestre, marítima o fluvial por alguno de los pasos habilitados, así como lo referido a las autorizaciones de salida de menores.

Por países de Sudamérica (excluyendo Surinam, Guyana y Guayana Francesa), de acuerdo a la normativa del Mercosur, las personas pueden salir y entrar del país sólo con DNI (tarjeta, libreta verde, celeste o bordó -de extranjeros, en el caso de que por su nacionalidad no tengan requerimiento de visa-) o Pasaporte; ya que el otro documento que era válido, la Cédula de Identidad "Mercosur" de Policía Federal, quedó sin efecto para viajar al extranjero desde el 1 de enero de 2015.

Nación Extra Mercosur, el único documento permitido es el Pasaporte vigente, con o sin visa dependiendo de los convenios internacionales. Cualquiera sea el tipo de viaje, duración o destino, es imprescindible que el documento a presentar esté en buen estado de conservación y tener en cuenta que las constancias de DNI en trámite no son válidas como documentos de viaje.

¿Dónde se puede realizar la expedición del Acta de Autorización de Salida de Menores? Ya se tramitaba en Aeropuerto Internacional de Ezeiza, Aeroparque Jorge Newbery y Puerto de Buenos Aires- puede ser gestionada en la Sede Central de Migraciones en Retiro, en las 29 Delegaciones del país, en las oficinas migratorias de Río Grande (Tierra del Fuego), San Rafael (Mendoza) y Paso de los Libres (Corrientes).