Indemnizará a cliente que encontró un gel íntimo en una gaseosa
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba ratificó un fallo que obliga a una empresa embotelladora a indemnizar a un consumidor que en octubre de 2008 compró una gaseosa y dentro de la botella encontró un sobre con gel íntimo.
Al resolver un recurso de casación, el máximo tribunal judicial provincial se manifestó de acuerdo con lo fallado por una instancia inferior al no conceder la indemnización en concepto de daño punitivo, pero si en establecer un resarcimiento para el cliente por “daño moral”.
El daño moral se debe a la “pérdida de confianza” en la marca de la gaseosa, razón por la cual una de las cámaras en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba deberá fijar el monto que deberá pagar en concepto de indemnización la empresa Cervecería y Maltería Quilmes SAICA.
Asimismo, los jueces Armando Andruet, Carlos García Allocco y Domingo Sesin entendieron que no correspondía imponer una multa civil por daño punitivo, porque la embotelladora cumplió las normas de seguridad y no actuó con dolo.
Andruet fundamentó su postura en que no hubo una conducta deliberada que denota negligencia grave o dolo por parte de la embotelladora, según publicó la agencia estatal Télam.
El juez consideró que "la empresa proveedora había efectuado los controles de calidad requeridos por la normativa vigente y no había desplegado una conducta tendiente a abaratar costos o a incrementar la ganancia, sino que se trataba de un caso aislado”, pero sí consideró que se lesionó la confianza del consumidor.