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Cruces en la Justicia por el caso Marita Verón

La Corte Suprema de Tucumán aclaró que el expediente del caso del fue remitido al Tribunal que fijó las penas esta semana en diciembre pasado.
Foto: Web
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La Corte Suprema de Justicia de Tucumán aclaró que el expediente del caso del secuestro de la joven María de los Ángeles Verón fue remitido al Tribunal que fijó las penas esta semana en diciembre pasado.

La aclaración fue hecha luego que uno de los jueces de la Cámara en lo Penal que fijó la pena para todos los acusados esta semana votó en disidencia al asegurar que desconocía la acusación de fondo.

En diciembre pasado, la Corte local había revocado un fallo en el que se había absuelto a todos los acusados, y al día siguiente remitió el expediente a la Cámara.

Esta semana, el Tribunal integrado por los jueces Dante Ibáñez y Juana Juárez -el tercer juez, Emilio Páez de la Torre, lo hizo en disidencia-, impusieron las penas a los acusados.

Fue el juez Páez de la Torre quien justificó que él no podía dar una pena sin conocer la acusación respecto a los imputados, y que "jamás" vio el expediente.

"La sentencia referida, luego de considerar la culpabilidad y la responsabilidad penal de los imputados en la causa, dispuso que sea la Cámara Penal quien fije las penas de conformidad a la escala prevista en la ley con relación a los delitos cometidos", aclaró la Corte.

"El mecanismo implementado no sólo no encuentra reparos constitucionales y cumple con las pautas y exigencias que surgen de la Constitución Nacional y los tratados internacionales sobre derechos humanos, sino que además fue utilizado con anterioridad por la prestigiosa Cámara Nacional de Casación Penal e incluso por la propia Corte Suprema de Justicia de Tucumán", agregó la Corte.

En ese sentido, expresó que en casos como el de la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador, o bien en el caso Cromañón fue un Tribunal superior que revocó una absolución dictada en un juicio, y ordenó imponer penas tras condenar a los acusados.

"Como consecuencia del procedimiento adoptado por esta Corte mediante la sentencia de fecha 17 de diciembre de 2013, en fecha 18 de diciembre de 2013 se remitieron los 63 cuerpos del expediente referido a la Cámara Penal", aclaró la Corte.

De esta manera, deslizaron que el expediente estuvo en poder de los jueces de la Cámara que impusieron las penas desde hace tiempo, lo que contradice con los dichos del voto disidente del magistrado quien aseguró no conocer el caso ni la acusación.

Fuente: NA