Después del Decreto: ¿Cuánto va a ganar un policía?
Actualmente, el sueldo de un policía que recién se inicia era de aproximadamente $4500, y a partir del decreto que firmó el gobernador el mismo llegará a los $8500, pero, a diferencia del importe anterior, este sí incluye cupos de recargo -horas extra-. Según el ministerio de Seguridad, la mutual de los policías, lo que dispuso el gobernador y otras fuentes policiales. ¿Cuánto gana un policía y cuanto va a ganar a partir de enero?
El sueldo de un policía se compone de la asignación de clase, que ronda los $1700, y de otros ítems como aumentos y recargos, pero que al tener descuentos previsionales y estar en blanco son parte del sueldo básico, el mismo no incluye cupos ni servicios extraordinarios que son considerados horas extra. Además a partir del Decreto Nº 2335 que firmó el gobernador sumarán un adicional de $500 en blanco, que se considerarán también para el cálculo del aguinaldo.
A lo dicho anteriormente hay que sumarle los cupos de recargo, utilizados por el 90% de la policía de Mendoza -tienen permitidos hasta 30 al mes, y cada uno dura 4 horas-, es decir que un policía promedio trabaja mensualmente hasta 120 horas más de las que debe por contrato.
Los cupos tienen un valor de $110 cada uno -con los descuentos le quedan en mano $104 por cupo aproximadamente al policía.
Y el aumento salarial que dispuso el gobernador por decreto significa una obligatoriedad de 20 cupos, es decir 80 hs que significarán $2200-, más un adicional de $500 -$435 en bolsillo-, y $1350 en concepto de compensación -según informaron desde el Ministerio de Seguridad-.
Actualmente una jornada laboral del personal policial significa guardias de 24 horas de trabajo por 48 horas de descanso, según dispone el decreto 2920:
“El personal policial deberá cumplir un mínimo de cuarenta y ocho (48) horas semanales. Los turnos de guardia de doce (12) horas continuas implicarán un franco compensatorio y obligatorio de veinticuatro (24) horas. Los turnos de guardia de veinticuatro (24) horas continuas implicarán un franco compensatorio y obligatorio de cuarenta y ocho (48) horas".
|
Tabla proporcionada por Omar Alcalde, titular de A.MU.P.POL-sin el aumento decretado |
Cupos de recargo y horas extra
A los cupos ya mencionados se le suman los llamados servicios extraordinarios, que significan $170 por cada cuatro horas fuera del horario laboral y no continuadas con su trabajo habitual o en una empresa privada.
Fuentes policiales explicaron que los cupos y los servicios extraordinarios son no remunerativos, es decir "asignación en negro".
Además un policía se quejó de que, "si bien los necesitan para completar su salario, nadie les consulta si quieren cumplir con los cupos, son obligatorios" y si no los cubren los "sancionan".
El inconveniente reside en que entre cupos y servicios un policía puede llegar a trabajar más de 400 horas al mes -cerca del doble de lo que trabaja cualquier empleado- para lograr un sueldo no mayor a los $7.000. Lo que repercute en estrés laboral, entre otros males. Y a partir del decreto para superar los $8500, los efectivos deberán trabajar 320 hs.
Los aumentos que se den tanto en el ítem asignación de cargo, como en el resto repercutirán en los 6000 miembros retirados de la familia policial, mientras que los que no, serán sólo para el personal activo -9100 policías-según indicó Omar Alcalde, Titular de la mutual policial, A.MU.P.POL.
El sueldo se incrementa, al igual que con el resto de los trabajadores, cuando se considera la antigüedad y cargas familiares, por lo que según explicó un policía un efectivo de alto nivel jerárquico supera los $10.000, y a partir del aumento superarán los $14.000.
Además el decreto del gobernador dispone que “si de las negociaciones paritarias durante el ejercicio 2014, surgiere una pauta general de aumento que superare el incremento producto del adicional compensatorio no remunerativo que se otorga por el presente decreto, se equiparará hasta el límite de la diferencia, en iguales condiciones y oportunidades".
Sueldo de un auxiliar luego del Decreto.
Sueldo anterior ................................ $4500 (o $6700 con 20 cupos).
Adicional decretado.......................... $500
Compensación .................................. $1350
20 cupos de recargo........................... $ 2.200
Total .................................................. $ 8.550
Según informaron desde el Ministerio de Seguridad de la Provincia, el aumento es de $1850, compuesto por $1350, en concepto de compensación, más $500 como adicional. A esto se le suman los cupos de recargo lo que significa que el auxiliar cobrará $8.550, con una obligatoriedad laboral de 320 horas.
Servicios extraordinarios y operativos especiales
“La ley 7120 establece que se denomina servicio extraordinario "a todos sus efectos, como continuación del Servicio Ordinario que cumplen los miembros de las Policías de la Provincia de Mendoza".
"Defínase al Servicio Extraordinario de las Policías de la Provincia de Mendoza, como labor que desempeña un efectivo policial, en uso del franco compensatorio del respectivo servicio ordinario", dice el Artículo 2 de la misma ley.
Según Alcalde, se trata de los servicios en los que obligatoriamente se requiere policía como son algunos eventos privados, supermercados, empresas de tarjetas de crédito, financieras, y bancos.
Estos servicios se hacen por medio de contrataciones con entidades públicas o privadas que los solicitan, y tiene un valor que se aplica al 7,8% sobre la asignación de la clase del cargo (Art 10), y de un 40% del mismo cuando la actividad es considerada de alto riesgo. Es decir que los importes van desde los $170 hasta los $680, cada cuatro horas.
Esto implica que un efectivo podría alcanzar los $10.000, pero para lograrlo deberá efectuar al menos dos, es decir unas 8 horas más o una jornada de trabajo extra, en concepto de servicios extraordinarios.
"Artículo 12- El período del Servicio Extraordinario tendrá una duración de cuatro (4) horas y cada efectivo policial no podrá realizar más de dos (2) servicios en una sola jornada, con excepción de aquellos que por su modalidad sea necesario mantener por mayor lapso, conforme se establezca por vía reglamentaria".
"Artículo 11 -Las sumas que se abonen por los referidos Servicios Extraordinarios, tienen el carácter de retribución especial no sujeta a descuentos ni aportes de ninguna naturaleza, ni serán computables a los efectos jubilatorios, ni considerados por el Poder Ejecutivo como integrante del haber mensual del efectivo, debiendo ser abonados a los interesados en planillas separadas".
Ley 8048 modificada por el último decreto del gobernador
Según el Ministerio de Seguridad de la Provincia, el decreto 2355 incorporó una modificación en el régimen de servicios extraordinarios, es decir que "desde el 15 de enero de 2014, todos los eventos públicos y privados de Mendoza serán cubiertos como servicios extraordinarios a cargo de la organización".
"Recitales, las vendimias departamentales, y cualquier evento organizado por una cartera que no sea la de seguridad, es decir, todos los eventos que requieran de la presencia policial van a quedar a cargo de la persona física o jurídica que haya requerido el servicio", indicaron desde el ministerio.
Y, explicaron que se trata de una medida que permitirá administrar mejor los recursos del Ministerio y ocuparse sólo de brindar tareas de seguridad y prevención para la provincia.
La ley 8048 regula los operativos especiales, "fijados por Resolución del señor Ministro de la cartera de Seguridad y que el personal deba cumplimentar fuera de la jornada normal de actividad", en este caso percibirá el "19,66% sobre la asignación de la clase del cargo de Jefe de las Policías".
Antes del decreto, se consideraban eventos especiales:
1) Fiesta Nacional de la Vendimia -Fiesta Central, Carrusel, Vía blanca, repeticiones y Bendición de los frutos- este ítem continúa sin modificaciones.
2) Festival de la Tonada
3) Rivadavia le Canta al País
4) Otros eventos declarados por Resolución del Ministro de Seguridad, como
eventos especiales.
Escalas jerárquicas
El informe está planteado desde el sueldo de quies menos ganan, es decir los auxiliares, o personal que recién se inicia en la fuerza, y según el Anexo I de la Ley 6.722 -Régimen para la policía de Mendoza- las escalas jerárquicas del personal oficial y su duración en el cargo son:
Comisario Inspector ................. 3 años
Comisario .................. 3 años
Subcomisario .......... 3 años
Oficial Principal ................... 2 años
Oficial Inspector ................. 2 años
Oficial Ayudante ................... 2 años
Auxiliar ...................... 3 años

