Tragamonedas: dura denuncia de ATE ante la Justicia
Hace instantes, Raquel Blas, en nombre de ATE, presentó una dura denuncia relacionada con el cuestionado contrato de tragamonedas que suscribió el Instituto Provincial de Juegos y Casinos con la empresa Mendoza Central Entretenimiento. En el escrito, se pide que se declare la nulidad de la renegociación y se acusa al grupo Vila-Manzano.
Este viernes, la titular de ATE Raquel Blas presentó “por derecho propio” una denuncia penal referida al contrato de tragamonedas que refrendaron oportunamente el Instituto Provincial de Juegos y Casinos y la empresa Mendoza Central Entretenimiento.
Lo hizo al amparo de lo establecido por el art. 326 del Código Procesal Penal de la Provincia de Mendoza, el cual establece que "toda persona que tenga noticia de un delito perseguible de oficio podrá denunciarlo al Fiscal de Instrucción o a la Policía Judicial".
Allí, la gremialista pide que se promueva la persecución penal de “quienes resulten penalmente responsables de los hechos que se pretende por el presente poner en conocimiento”.
En su escrito, Blas asegura que existe “un delito cometido por funcionarios públicos corruptos que merece encuadrarse en la figura típica prevista y penada por el arto 265 del Código Penal, el cual establece que será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación perpetua, el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo."
El documento asegura que el accionar de los ahora sindicados ha sido corrupto, toda vez que se define en el arto 11 inciso "d" a la corrupción como "desviación ajena a su objeto que para beneficio propio o de un tercero hagan los funcionarios públicos de bienes muebles o inmuebles, dineros o valores pertenecientes al estado, a un organismo descentralizado o a un particular que los hubiesen percibido en razón de su cargo, en administración depósito u otra causa”.
En ese contexto, Blas advierte que resulta lesivo al orden jurídico la previsión del artículo 8. 1 del Contrato de renegociación, “que fuera cuestionado por los denunciantes; extenso plazo de prórroga sin motivación alguna que deviene en arbitrario.".art.39 de la ley 3909) y transfieren forma infundada y en contra de previsiones legales actuales, previsión original del Pliego de Condiciones Generales y Particulares y principios de derecho administrativo, la facultad de disponer la prórroga contractual, la cual está siempre fundada en el interés público comprometido en el caso concreto y se prevé y ejerce en el marco de las facultades exorbitantes propias del derecho administrativo”.
En virtud de lo expresado, la titular de ATE asegura que la cláusula en análisis es nula “en lo referido a la transferencia de la potestad de disponer la prórroga acordada, tanto por contravenir el régimen general como también, por carecer, en su caso, absolutamente de motivación.”
En tal sentido, el escrito pide poner bajo foco el accionar de los funcionarios públicos del Instituto Provincial de Juegos y Casinos, “en particular del por entonces Presidente de su Directorio, el señor Daniel Pereyra, quien durante la gestión del por entonces gobernador de la Provincia Celso Jaque, para fecha 18 de julio del 2011 renegoció infundadamente con la empresa Mendoza Central Entretenimiento S.A el contrato que había obtenido por cesión de la posición contractual del beneficiario de la licitación pública ganada en su oportunidad”.
El documento recuerda que casi se duplicó el porcentaje que obtenía dicha sociedad comercial como contraprestación de sus servicios (del 26,23 % al 47 % en forma escalonada) y se le concedió directamente, “ violando flagrantemente las normas administrativas pertinentes la explotación del restaurante y confitería del Casino de Mendoza, y como si ello fuera poco, se le otorgó graciosamente a dicha sociedad comercial la posibilidad de decidir, unilateralmente a su gusto y piaccere, la prórroga por cinco años más de la explotación concedida”.
Blas asegura en su escrito que la empresa Mendoza Central Entretenimientos S.A., “aunque societariamente no lo explicite, es literalmente una prestanombre o tapadera del grupo empresarial tristemente célebre por sus actividades comerciales desleales y monopólicas denominado Vila - Manzano".
Y finaliza: “Recordemos entonces que dicho grupo empresario fue oportunamente denunciado en la Honorable Cámara de Diputados en el año 2009 por el entonces Secretario General de la Gobernación Cazaban por extorsión, lo que es un claro ejemplo de las actividades ilícitas y subrepticias desplegadas por sus integrantes desde las sombras, inescrupulosamente para lograr el lucro voraz y desmedido, siendo evidentemente su único y final objetivo”.
En ese contexto, Blas advierte que resulta lesivo al orden jurídico la previsión del artículo 8. 1 del Contrato de renegociación, “que fuera cuestionado por los denunciantes; extenso plazo de prórroga sin motivación alguna que deviene en arbitrario.".art.39 de la ley 3909) y transfieren forma infundada y en contra de previsiones legales actuales, previsión original del Pliego de Condiciones Generales y Particulares y principios de derecho administrativo, la facultad de disponer la prórroga contractual, la cual está siempre fundada en el interés público comprometido en el caso concreto y se prevé y ejerce en el marco de las facultades exorbitantes propias del derecho administrativo”.
En virtud de lo expresado, la titular de ATE asegura que la cláusula en análisis es nula “en lo referido a la transferencia de la potestad de disponer la prórroga acordada, tanto por contravenir el régimen general como también, por carecer, en su caso, absolutamente de motivación.”
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En tal sentido, el escrito pide poner bajo foco el accionar de los funcionarios públicos del Instituto Provincial de Juegos y Casinos, “en particular del por entonces Presidente de su Directorio, el señor Daniel Pereyra, quien durante la gestión del por entonces gobernador de la Provincia Celso Jaque, para fecha 18 de julio del 2011 renegoció infundadamente con la empresa Mendoza Central Entretenimiento S.A el contrato que había obtenido por cesión de la posición contractual del beneficiario de la licitación pública ganada en su oportunidad”.
El documento recuerda que casi se duplicó el porcentaje que obtenía dicha sociedad comercial como contraprestación de sus servicios (del 26,23 % al 47 % en forma escalonada) y se le concedió directamente, “ violando flagrantemente las normas administrativas pertinentes la explotación del restaurante y confitería del Casino de Mendoza, y como si ello fuera poco, se le otorgó graciosamente a dicha sociedad comercial la posibilidad de decidir, unilateralmente a su gusto y piaccere, la prórroga por cinco años más de la explotación concedida”.
Blas asegura en su escrito que la empresa Mendoza Central Entretenimientos S.A., “aunque societariamente no lo explicite, es literalmente una prestanombre o tapadera del grupo empresarial tristemente célebre por sus actividades comerciales desleales y monopólicas denominado Vila - Manzano".
Y finaliza: “Recordemos entonces que dicho grupo empresario fue oportunamente denunciado en la Honorable Cámara de Diputados en el año 2009 por el entonces Secretario General de la Gobernación Cazaban por extorsión, lo que es un claro ejemplo de las actividades ilícitas y subrepticias desplegadas por sus integrantes desde las sombras, inescrupulosamente para lograr el lucro voraz y desmedido, siendo evidentemente su único y final objetivo”.

