Discriminación: después del caso de Paola Legay se incrementaron las consultas en el INADI
La delegada provincial del INADI, Valeria Martínez, informó que después de que se conoció el caso de discriminación de género de Paola Legay en la Policía de Mendoza “las consultas se incrementaron por casos similares”. Aclaró que el dictamen del INADI “no es vinculante, pero sí podemos movilizar acciones como la aplicación de la Ley 26.485”.
El sonado caso de discriminación por varios años en la Policía de Mendoza contra Paola Legay, oficial de la fuerza de prevención con varias especializaciones académicas en su currícula y que sufrió la mala experiencia en el Cuerpo Central de Bomberos y en el Ministerio de Seguridad en tiempos en que Carlos Ciurca dirigía la repartición, fue el primero más resonante por el cual otras mujeres comenzaron a animarse a consultar por sus propias dolencias laborales en el mismo ámbito o en similares.
Esto fue confirmado por la delegada en Mendoza del INADI, Valeria Martínez: “Ese fue el caso que al parecer animó a otras mujeres a realizar consultas en el organismo. Si bien muchas de ellas no terminan en denuncias sí comenzaron a animarse más por estos casos de discriminación o casos similares”, dijo.
Sin embargo, aunque demostrando un gran interés por estos casos, Martínez aclaró que “el dictamen del INADI por el caso de Paola Legay de noviembre de 2011 no tiene carácter vinculante”. Lo que significa que el fallo del instituto nacional no puede obligar a ningún otro organismo o a personas físicas a que corrijan o remedien el mal que han ocasionado en casos de discriminación.
Martínez, además amplió el análisis al considerar que “en realidad los casos de discriminación en las fuerzas de seguridad no se observan sólo en Mendoza. Esto se da en las fuerzas de seguridad en general. En nuestro organismo es un tipo de consulta frecuente. El de Paola fue el disparador, el caso más resonante”, remarcó.
Sobre el caso de Legay, la funcionaria explicó que “el dictamen es una opinión jurídica, un informe que emite el organismo sobre la situación puntual de Paola en su ámbito laboral. La presentación la hizo por reiteradas situaciones por tratos discriminatorios por ser mujer. El INADI recibió la denuncia y la analizó y emitió su opinión por medio del dictamen que no es vinculante. En este caso la discriminación es por cuestiones de género”.
Según la mujer el fallo del INADI se basó en dos principios: “En el que prohíbe la discriminación y el principio de igualdad y por otro lado en el principio de prohibición de discriminación por género. En este sentido en el primer caso se basa en la Ley 23.592, que es la ley antidiscriminatoria y en nuestra Constitución que también otorga jerarquía constitucional a tratados internacionales de Derechos Humanos”.
Por otro lado, según Martínez, “en el caso de la discriminación puntual por género el dictamen se basa en convenciones internacionales que ratifican nuestro país contra la discriminación contra la mujer en todas sus formas”, detalló. Y amplió: “El dictamen también busca aclarar que no existe un género o un sexo superior a otro. En ese sentido, va el tema del dictamen. En este caso por temas laborales apuntando que toda persona tiene el derecho y la libertad de elegir su trabajo, capacitarse, competir por ascensos, pedir estabilidad, entre otros aspectos. El organismo apunta a eso, que en el caso de Paola hubo un caso de discriminación por género”.
La representante del INADI también destacó que “a partir de la Ley 26.485 sancionada en 2009 que en realidad comienza a contemplar otras formas de violencia contra la mujer que trascienden el ámbito de lo doméstico. O hacia dentro de las puertas de una casa. Esa ley pone sobre el tapete que hay otras formas de violencias como la económica, la simbólica, entre otras de las cuales nos tenemos que hacernos cargo como Estado y como sociedad”.
“No podemos permitir que se sigan repitiendo estos estereotipos de género donde la mujer está en una situación de inferioridad respecto al varón. También en esto los medios de comunicación juegan un papel importante. Porque estos patrones socioculturales no se pueden seguir repitiendo”, consideró.
Si bien el dictamen referido no posee carácter vinculante, Martínez, expresó que “nosotros actuamos como órgano de consulta con cuestiones que tienen que ver con esto. No tenemos poder de policía pero en cuestiones puntuales podemos movilizar acciones que tengan que ver con la efectiva y correcta aplicación de estas leyes. Además está todo lo que podamos hacer para poder evitar estas acciones contra las mujeres”, apuntó.
Según la mujer el fallo del INADI se basó en dos principios: “En el que prohíbe la discriminación y el principio de igualdad y por otro lado en el principio de prohibición de discriminación por género. En este sentido en el primer caso se basa en la Ley 23.592, que es la ley antidiscriminatoria y en nuestra Constitución que también otorga jerarquía constitucional a tratados internacionales de Derechos Humanos”.
Por otro lado, según Martínez, “en el caso de la discriminación puntual por género el dictamen se basa en convenciones internacionales que ratifican nuestro país contra la discriminación contra la mujer en todas sus formas”, detalló. Y amplió: “El dictamen también busca aclarar que no existe un género o un sexo superior a otro. En ese sentido, va el tema del dictamen. En este caso por temas laborales apuntando que toda persona tiene el derecho y la libertad de elegir su trabajo, capacitarse, competir por ascensos, pedir estabilidad, entre otros aspectos. El organismo apunta a eso, que en el caso de Paola hubo un caso de discriminación por género”.
La representante del INADI también destacó que “a partir de la Ley 26.485 sancionada en 2009 que en realidad comienza a contemplar otras formas de violencia contra la mujer que trascienden el ámbito de lo doméstico. O hacia dentro de las puertas de una casa. Esa ley pone sobre el tapete que hay otras formas de violencias como la económica, la simbólica, entre otras de las cuales nos tenemos que hacernos cargo como Estado y como sociedad”.
“No podemos permitir que se sigan repitiendo estos estereotipos de género donde la mujer está en una situación de inferioridad respecto al varón. También en esto los medios de comunicación juegan un papel importante. Porque estos patrones socioculturales no se pueden seguir repitiendo”, consideró.
Si bien el dictamen referido no posee carácter vinculante, Martínez, expresó que “nosotros actuamos como órgano de consulta con cuestiones que tienen que ver con esto. No tenemos poder de policía pero en cuestiones puntuales podemos movilizar acciones que tengan que ver con la efectiva y correcta aplicación de estas leyes. Además está todo lo que podamos hacer para poder evitar estas acciones contra las mujeres”, apuntó.


