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Aclararon cuáles son los montos para poder introducir "sin multas" productos desde Chile

Durante el anuncio que hizo el Gobierno de la provincia sobre los preparativos para el fin de semana largo desde la Aduana aclararon cuáles son los montos que podrá ingresar una familia en productos importados. Aquí los detalles de las llamadas franquicias. Mirá los videos.
Bustos Cara, junto a Félix González, aclaró sobre los montos permitidos. Foto: MDZ / Carlos Fernández
Bustos Cara, junto a Félix González, aclaró sobre los montos permitidos. Foto: MDZ / Carlos Fernández

Los montos de las conocidas franquicias autorizadas para un grupo familiar que desee importar en forma particular productos desde Chile –a Mendoza- no han cambiado.

Según el Director Regional de la Aduana, Raúl Bustos Cara, “cada adulto tiene permitido ingresar hasta 150 dólares y cada menor hasta 75 dólares”.

El funcionario nacional aclaró que como se considera un grupo familiar el que en viaje vuelve a Mendoza “se suma lo que puede ingresar mamá, papá y los hijos, hasta los 16 años. Por lo tanto, se debe tener en cuenta que la franquicia de los menores de más de 16 años no es acumulable para el grupo familiar. Esto está así normalizado hace tiempo y vale la pena aclarar que si se detecta que se está ingresando un producto electrónico de manera oculta se considerará el Código Aduanero, que tiene figuras infraccionales o contravencionales”.

Esto significa que “se podrá considerar una multa sobre el equipaje y hasta su decomiso, según la situación. Por ejemplo si se detecta un posible engaño por medio de la ocultación de la mercadería, en las puertas del automóvil, por ejemplo, esto se podría tipificar como un delito de contrabando si el valor en plaza de la mercadería supera los 100 mil pesos. Y si en su caso la mercadería fuera prohibida, como en el caso de psicotrópicos, narcóticos, armas o explosivos, sin importar el valor de la mercadería se procederá a la privación de la libertad con una pena que oscilará entre los ocho meses y los 12 años. Obviamente que se decomisará la mercadería y se aplicará alguna contravención accesoria”, ilustró.

Bustos Cara reforzó la información sosteniendo que “frente a la contravención de la no declaración de la mercadería y frente a la ocultación manifiesta o desvío de ruta hay un tipo penal de contrabando que requerirá de la intervención de la justicia federal”.

En la hipótesis de la no declaración de un televisor Led, el hombre añadió que “la no declaración del producto significará una multa que oscilará entre una y cinco veces el valor del electrodoméstico. Pero eso dependerá de la base no imponible o de la cantidad de pulgadas que tenga ese televisor”, expresó.