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Ley de Recreo Matrimonial

Matrimonios en extinción y un contrato que propone un lado B no explorado. La promulgación de una ley que podría evitar el apogeo de divorcios tempranos. Mara y su pedido al Poder Legislativo para que modifique o reforme las normas del Código Civil que regulan la institución del matrimonio en nuestro país.

CONTRATO DE LICENCIA MATRIMONIAL

Entre el Sr. _____________________,  a quien en lo sucesivo se denominará 'el esposo', y la señora_________________________ en adelante 'la esposa', convienen en celebrar el presente contrato sujeto a las siguientes reglas:

Capitulo I: De los derechos y obligaciones de las partes

Artículo 1: El presente contrato de matrimonio tendrá una duración de de tres (3) meses, a contar a partir de la celebración del mismo, pudiendo ser renovado luego de pasado tres (3) meses de gracia, gozando los cónyuges los derechos y libertades que ello implica, sin ningún tipo de reproche económico, ético, moral o social.-

Artículo 2: Luego de transcurrido dicho plazo (se entiende de gracia), las partes podrán renovar automáticamente dicho contrato, siempre que ellos estén de acuerdo, de lo contrario quedará anulado sin necesidad de que exista  divorcio, separación ni ningún tipo de  trámite legal.-

Artículo 3: Hogar Conyugal: cualquiera de los cónyuges podrá optar por habitar la casa habitación. El contratante que ejerza dicha opción deberá quedar a cargo de los niños en caso de que el matrimonio los tuviere, quienes deberán convivir con dicho cónyuge. Las obligaciones respecto de los hijos menores son compartidas, no pudiendo renunciar a ellas.

Artículo 4: Meriendas y Cumpleañitos Infantiles: las partes expresamente convienen que se comprometen a comprar las meriendas de sus hijos, así como los regalitos de cumpleaños de sus amiguitos en forma equitativa, estipulando un mínimo de $ 20 por obsequio y $5 por merienda, por cada hijo.-

Capítulo II: De las suegras y cuñadas

Artículo 5: La madre de la esposa y del esposo, en adelante “Piñón Fijo”  tendrá expresamente prohibido el acceso telefónico a la vivienda y cualquier tipo de acercamiento a su hijo político.-

Artículo 6: Las cuñadas, en adelante las “Incestuosas no Asumidas” no podrán inmiscuirse en forma alguna en los asuntos íntimos de sus hermanos políticos.-

Artículo 7: Las partes firmantes del presente contrato, dejan expresa constancia que la menor falta cometida a este capítulo II hará incurrir al infractor en las penalidades previstas en el Capítulo correspondiente.-

Capítulo III: De las relaciones íntimas:

Artículo 8: El presente contrato libera a los contrayentes a tener plena libertad sexual en la situación, momento, circunstancia  y espacio físico, excluido el hogar conyugal, mientras dure la licencia matrimonial estipulada. Asimismo, se deja expresa constancia de que los esposos se comprometen a tomar los correspondientes recaudos profilácticos a fin de evitar enfermedades infecto – contagiosas.-

 Artículo 9: En caso de que cualquiera de los cónyuges, se vea imposibilitado de gozar de la licencia matrimonial, por motivos no imputables al otro contrayente, aquel no podrá efectuar reclamos de ninguna índole ni una ampliación de dicha licencia.-

Capítulo IV: De los terceros involucrados en la licencia

Artículo 10: Los terceros que se involucren con las partes de este contrato serán libremente elegidos por cada uno de los cónyuges, sin distinción de edad, sexo, raza o religión. Ninguno de los cónyuges podrá inmiscuirse en la elección del otro.-

 Artículo 11: Los esposos deberán inexorablemente, comunicar a los terceros involucrados que se encuentran en uso y goce de la licencia, indicando fecha de inicio y vencimiento de la misma, bajo apercibimiento de las sanciones y multas correspondientes.-

Capítulo V: De las penalidades

 Artículo 12: Será punible:

a- La indagatoria y/o intromisión de uno de los cónyuges por los actos realizados por el otro en uso de su licencia.-

b- Las amenazas o intimidaciones  de uno de los contratantes hacia el otro y/o terceros.-

c- Proferir injurias  o calumnias hacia el otro contratante.-

d- La publicación de detalles íntimos en redes sociales.-

e- La procreación con terceros involucrados en la licencia.-

f- La disposición de bienes gananciales sin el asentimiento conyugal.-

g- La no presentación al hogar conyugal una vez finalizada la licencia, conforme a los plazos y términos previstos por el Código Civil.-

En caso de que alguno de los cónyuges realice dichas conductas punibles será sancionado con la exclusión del hogar conyugal, quedando el cónyuge inocente con la totalidad del acervo conyugal.- 

En prueba de conformidad, se suscribe el presente contrato ante Notario Público, en dos copias y a un mismo tenor. A los días____del mes de en __________ del año 2011.-

Firma del Esposo: .................................

Firma de la esposa: ...........................

Maravilloso y utópico. La sola sensación de no tener derecho a reclamar de dónde sacó ese nuevo  libro dedicado nos volvería locas. Espiar su celular y no poder pedir explicaciones por los mensajitos fuera de lugar o saber que justo ahora se compra perfumes atentaría contra lo más profundo de nuestra vanidad.

Sí, sería fantástico no tener que esconder las bolsas del shopping cuando llegamos a casa, poder agotar las pilas del teléfono inalámbrico sin que nadie nos hiciera las insoportables mímicas y dormir sin ningún tipo de ruidos. Pero nos sacaría de nuestro eje estar fuera del arbitraje de su dieta, no poder echarle en cara que su madre llamó 5 veces esa tarde o, peor aún, extrañar esa mirada en la nuca de la hermana mirando en qué malgastamos el dinero de él.

Nos arruinaría la vida ver al marido de una amiga con otra y que delatarlo en ese mismísimo instante no sirviera de nada. Ni hablar de no poder quemarle la cabeza con su mal gusto al elegir ¡justo a esa perra! para pasar el recreíto. Y en el caso inverso, jamás comunicaríamos a nuestros terceros la fecha de vencimiento de la licencia, no podríamos ser tan pragmáticas de medir cuando ponerle fin a nuestro propio enamoramiento.