La pelea Vila-Alonso ahora incluye el (mal) uso del agua
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El hecho tiene que ver con una famosa estancia donde Daniel Vila suele agasajar al jet set y gusta trabar relaciones políticas. Según la denuncia mencionada, las tierras de ese lugar serían alimentadas hídricamente con aguas públicas, provenientes de la cascada San Isidro. Allí, no solo no se estarían pagando los cánones correspondientes, sino que además se hicieron obras de entubamiento del cauce, apropiándose del recurso.
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Todo comenzó con una denuncia telefónica efectuada a Irrigación en el mes de marzo de 2002, pidiendo que se tenga en cuenta que “el agua extraída de la Cascada San Isidro, propiedad de Alfredo Vila, es entubada y transportada hasta el depósito de agua del Barrio Dalvian, luego los residentes de dicho barrio deben pagar $0, 88 por metro cúbico, siendo que el EPAS (Ente Provincial de Agua y Saneamiento) vende el suministro a $0, 44”.
El expediente de la investigación estuvo “durmiendo” siete años en ese Departamento y ahora podría derivar en una denuncia penal contra el empresario.
Es que, el Departamento General de Irrigación da forma por estas horas a las intimaciones que le serán remitidas a Daniel Vila para que cese en el irregular usufructo que hace de las aguas provenientes de la cascada San Isidro y que utiliza de manera exclusiva para alimentar del recurso hídrico el oasis que construyó en su Estancia San Isidro.
Para ello, el empresario mediático montó toda una obra de ingeniería hídrica que involucró la instalación de dos tanques, denominados “trampa”, válvulas desarenadotas y desbarradoras de fondo, aliviadores de presión y todo un sistema de interconexión de cañerías y aspersores que riegan su parquizado, canchas de fútbol y alimentan un lago artificial.
Tras varios años de inspecciones –aunque, extrañamente, la investigación estuvo paralizada desde 2002 hasta 2009- el Departamento Jurídico de Irrigación, a cargo de Mauricio Pinto, emitió su dictamen en marzo de este año, en el que deja claro que las aguas que usa Vila para regar su propiedad son de carácter público.
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Público o privado
Según el Artículo 2637 del Código Civil, “las aguas que surgen en los terrenos de particulares pertenecen a sus dueños, quienes pueden usar libremente de ellas y cambiar su dirección natural. El hecho de correr por los terrenos inferiores no da a los dueños de éstos derecho alguno. Cuando constituyen curso de agua por cauces naturales pertenecen al dominio público y no pueden ser alterados.”
El expediente
El expediente Nº 2313376 consta de 63 fojas y su primer folio es el informe remitido por la oficina de Contraloría a la Dirección de Investigación y Planificación Hídrica, dando cuenta de la denuncia telefónica recibida el martes 23 de abril de 2002 a ese Departamento.
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El mismo informa que aunque a los inspectores de Irrigación no se les facilitó la entrada al interior de la propiedad de Vila, pudieron observar por los alrededores de la misma que desde la entrada de la propiedad hacia el casco de la estancia, dos cursos de agua son cruzados por sendos puentes en dirección noroeste. Por ambos cauces escurría agua, proviniendo uno de esos cauces, de la Cascada de San Isidro.
Agua que no has de beber…
Lo cierto es que mientras Vila todavía no ha podido ofrecer documento alguno de la acusación contra Alonso, él mismo es investigado por usufructuar aguas públicas en una denuncia que estaría encaminándose hacia la vía penal.