Un hombre deberá indemnizar por "daño moral" a hijo extramatrimonial
Un hombre se negó a reconocer a un hijo extramatrimonila y ahora, por orden de la Justicia, deberá indemnizarlo con 9.000 pesos por el "daño moral" que le causó.
La Justicia Civil dispuso que un hombre deberá indemnizar con 9.000 pesos a su hijo por el "daño moral" que le causó al negarse a reconocerlo porque era fruto de una relación extramatrimonial, según se informó hoy en Tribunales.
Te Podría Interesar
Voceros judiciales informaron que la Sala C de la Cámara Civil intimó al padre del chico --que hoy tiene cuatro años-- para que pague la indemnización fijada, que es bastante menor a la reclamada por la madre, de 60.000 pesos.
La madre alegaba que en primera instancia, la Justicia "no ha ponderado las circunstancias atinentes a este caso particular", especialmente el daño que había generado "la negativa del demandado al reconocimiento y su actitud obstructiva en el proceso".
"La ausencia paterna afecta la formación de la personalidad de los hijos, los que se acrecienta con la falta de reconocimiento filial pues ello vulnera la propia identidad y la dignidad personal e impide al hijo el ejercicio y goce de los derechos inherentes al estado de familia que le corresponde", señalaron los jueces.
Además, los jueces tuvieron en cuenta la corta edad de la menor -por la que aún no podía concibir la total gravedad del "daño moral" sufrido- para fijar la indemnización en 9.000 pesos.
"En razón de la edad y teniendo en cuenta que recién ha comenzado su vida escolar, no advierto que a causa de dicha omisión de reconocimiento la menor haya padecido en su fuero íntimo o en su vida social o de relación mortificaciones o menoscabos tales que resulten idóneos para elevar el monto correspondiente al rubro en estudio hasta la suma reclamada de 60.000 pesos", dijo.
Además, los jueces criticaron la actidud del hombre ya que "solicitó la realización del examen de ADN., pero luego no concurrió al Hospital General de Agudos Carlos Durand ni tampoco cumplió con la denuncia de su domicilio real".
El fallo fue firmado por los jueces Beatriz Cortelezzi, Omar Díaz Solimine y Luis Alvarez Juliá, integrantes de la Sala C de la Cámara Civil.
"En razón de la edad y teniendo en cuenta que recién ha comenzado su vida escolar, no advierto que a causa de dicha omisión de reconocimiento la menor haya padecido en su fuero íntimo o en su vida social o de relación mortificaciones o menoscabos tales que resulten idóneos para elevar el monto correspondiente al rubro en estudio hasta la suma reclamada de 60.000 pesos", dijo.
Además, los jueces criticaron la actidud del hombre ya que "solicitó la realización del examen de ADN., pero luego no concurrió al Hospital General de Agudos Carlos Durand ni tampoco cumplió con la denuncia de su domicilio real".
El fallo fue firmado por los jueces Beatriz Cortelezzi, Omar Díaz Solimine y Luis Alvarez Juliá, integrantes de la Sala C de la Cámara Civil.