Una reforma a mitad de camino: tres malas decisiones que lesionan la autonomía municipal
El proyecto de reforma de la Constitución para consagrar la autonomía municipal se queda a mitad de camino y tiene restricciones para lo que busca reclamar. Los recursos, el derecho de las comunidades más pequeñas y el "centralismo" que se consolida.
Alfredo Cornejo propuso modificar un artículo de la Constitución para oficializar la autonomía municipal.
Alf Ponce/MDZLa reforma constitucional en Mendoza no surgió como una iniciativa planificada de fortalecimiento institucional, sino como una reacción frente a la avanzada de algunos municipios —en particular, el caso de San Rafael— en pos de ejercer su autonomía. En ese marco, el reconocimiento de la autonomía municipal a través de una enmienda al artículo 197 de la Constitución Provincial resulta un paso necesario, no solo para saldar una deuda pendiente desde 1994, sino principalmente para fortalecer la capacidad de autogobierno de nuestros municipios.
Ahora bien, dicho esto, resulta preocupante que la reforma se quede a mitad de camino y que, en algunos aspectos incluso, se contradiga. Más que omisiones o descuidos, lo que aparecen en esta reforma son la expresión normativa de decisiones políticas equivocadas que –de ser ratificadas por el Senado- terminarán debilitando el alcance real de la autonomía municipal.
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Primero, la decisión de consolidar un modelo municipal concentrado y excluyente. En Mendoza seguimos atados a un modelo de “municipio-departamento”, altamente centralizado, donde el poder político y administrativo se concentra en las ciudades cabecera. Esto no es un detalle menor: implica que localidades distritales como Bowen, Uspallata o Potrerillos seguirán existiendo en una situación de dependencia institucional, gobernados por delegados/as elegidos a dedo, que responden a sus intendentes y no a sus propias comunidades.
Entonces la pregunta es inevitable: ¿de qué autonomía estamos hablando si no revisamos esta estructura? ¿Vamos a seguir pensando exclusivamente en 18 municipios como únicas unidades con capacidad de autogobierno? La experiencia comparada muestra que la categorización municipal permite reconocer distintos niveles de autonomía (plena o semiplena) según variables demográficas, territoriales y socioeconómicas. No es una innovación extravagante: está presente, por ejemplo, en la Constitución de la Provincia de San Juan, donde los municipios de mayor población pueden dictar su propia carta orgánica, mientras otros se rigen por regímenes más limitados.
Oportunidad perdida
Mendoza tenía aquí una oportunidad clara: abrir el juego institucional, permitir que ciudades alejadas de las cabeceras departamentales —muchas de ellas con identidad, escala y demandas propias— puedan darse sus propias autoridades y herramientas de gestión. Con la media sanción de Diputados esa oportunidad, lamentablemente, se pierde.
A esto se suma, además, la decisión de blindar el régimen de coparticipación vigente y clausurar el debate. La enmienda no guarda silencio sobre la coparticipación municipal: por el contrario, establece explícitamente que la Provincia garantiza el régimen conforme a la ley actual. Pero justamente ahí radica el problema. Al constitucionalizar el esquema vigente, se evita deliberadamente discutir sus criterios, sus incentivos y sus posibles alternativas. Mendoza no parte de una mala situación —de hecho, distribuye a sus municipios alrededor del 18% de los recursos, por encima del piso legal, e incluso tributos como el automotor se coparticipan en altos porcentajes—, pero hace años que no se discuten ni los criterios ni los incentivos del sistema.
Hoy el peso determinante de la población en la distribución deja afuera variables clave como la eficiencia en la gestión, el esfuerzo fiscal o la inversión en obra pública. Y más aún, se pierde la oportunidad de pensar esquemas más innovadores que fortalezcan la responsabilidad local, incluso modelos de coparticipación inversa —como los que existen en Alemania— donde los municipios tengan un rol más activo en la recaudación. Sin recursos —y sin debate sobre cómo se asignan— la autonomía corre el riesgo de ser más declarativa que efectiva.
Finalmente, aquí creo que el problema es más grave: la decisión de imponer un esquema de regionalización que vacía de contenido la autonomía. En este sentido, el nuevo artículo 197 de la Constitución Provincial reformado preanuncia que la Legislatura dictará una ley marco para la formación de regiones entre municipios. Se trata de un agregado oportunista de último momento (en un contexto en el que el oficialismo necesitaba votos adicionales para alcanzar la mayoría de dos tercios en la Cámara de Diputados) que no solo es ajeno al espíritu de la reforma, sino que directamente lo tensiona.
Afirmo esto porque no es coherente, desde el punto de vista teórico ni constitucional, que se reconozca la autonomía municipal y que al mismo tiempo se habiliten —o peor aún, se impongan— esquemas de organización supramunicipal definidos desde arriba. Los procesos de cooperación intermunicipal son esencialmente voluntarios, horizontales, del tipo “bottom-up”. Surgen de la decisión de los propios municipios de asociarse para resolver problemas comunes. No se diseñan de manera centralizada ni se imponen por ley.
Lo que se propone aquí es lo contrario: un esquema “top-down”, donde la provincia define las reglas de agrupamiento. Eso no es cooperación ni asociativismo intermunicipal; es recentralización. Y en ese sentido, la reforma incurre en una contradicción evidente: proclama la autonomía, pero simultáneamente la condiciona.
Por eso, mi postura frente a la reforma es acompañar el reconocimiento de la autonomía municipal, pero advirtiendo –especialmente a las/os legisladores- que sin una discusión seria sobre categorización de gobiernos locales, sin revisar el régimen de coparticipación y con la incorporación de mecanismos de regionalización impuestos desde arriba, estamos frente a una reforma incompleta e inconsistente.
En definitiva, se trata de un proyecto de reforma de la autonomía municipal condicionado por decisiones políticas tan reactivas como centralizadoras que limitan de antemano el alcance real de esa autonomía. La pregunta de fondo sigue abierta: ¿Queremos municipios verdaderamente autónomos, o simplemente estamos redefiniendo las formas de su dependencia?
Enzo Completa es magistas en Ciencia Política y Sociología de la FLACSO y Doctor en Ciencia Política de la UNR. Profesor titular en la Universidad Nacional de Cuyo y secretario de Investigación de la Universidad Champagnat.