Sobreseyeron a Fernando Espinoza en la causa por abuso sexual
Lo determinó el Tribunal Oral Criminal N° 16 por falta de acción, luego de que la denunciante, Melody Rakauskas, quedara sin representación legal tras la renuncia de tres abogados de manera consecutiva.
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.º 16 de la Ciudad de Buenos Aires resolvió sobreseer al intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, en una causa por abuso sexual y desobediencia. La decisión firmada por la jueza Inés Cantisani no analizó el fondo de los hechos, sino que se apoyó en un problema procesal: Melody Rakauskas, denunciante en el expediente, se quedó sin abogado que represente a su querella.
El pasado 12 de febrero, la fiscal Monica Cuñarro había pedido el sobreseimiento de Espinoza durante la instrucción y no impulsó la elevación a juicio. Desde ese momento, la continuidad del caso quedó en manos de la acusación particular. Sin embargo, Raskauskas cambió de abogado en varias oportunidades y, tras nuevas renuncias, fue intimada formalmente a designar representación legal.
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Melody comenzó asistida por el Dr. Marcelo Abel Urra, quien en una etapa actuó junto al Dr. Yamil Joel Castro Bianchi. Este último renunció en junio de 2025. Urra lo hizo en noviembre. Luego asumió el Dr. Martín Luis Sarubbi, quien también renunció en diciembre del año pasado.
Ante esa situación, el tribunal intimó a Rakauskas en tres oportunidades para que aportara nuevo patrocinio legal en un plazo de 72 horas, bajo apercibimiento de perder su lugar como querellante. Las notificaciones a la denunciante no prosperaron. De hecho, la policía se constituyó en su domicilio en reiteradas ocasiones y en una de ellas, el 24 de diciembre de 2025, Melody se asomó al balcón y respondió que no se notificaría de nada.
Según el informe policial, la joven dijo que "debe ser notificada mediante cédula electrónica" mientras filmaba con su teléfono celular. Días después, en un nuevo intento ya con testigos presenciales, rechazó firmar la notificación desde el mismo balcón y afirmó que debía ser contactada a través de su abogado, pese a que precisamente no tenía ninguno.
El TOC 16 también tuvo presente una presentación de Melody enviada por correo electrónico el pasado 2 de enero en la que reconocía implícitamente haber recibido las citaciones, rechazaba la intimación y pedía que todas las notificaciones futuras le llegaran por mail. La defensa de Espinoza señaló que la propia Rakauskas habría publicado en sus redes sociales imágenes de la notificación pegada en la puerta de su departamento.
Para la magistrada Inés Cantisani, "la reticencia de Rakauskas a intervenir en el proceso, incluso interpretando las notificaciones como 'hostigamiento', no puede leerse de otro modo que como un desinterés en continuar impulsando la acción penal". La jueza señaló además que desde 2021 se le informó en repetidas oportunidades sobre los organismos del Estado a los que podía acudir gratuitamente para obtener asesoramiento jurídico, y que en agosto de ese año la propia Dirección de Orientación a las Víctimas había dejado constancia de que Rakauskas manifestó expresamente no querer su asistencia.


