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San Jorge enfrenta el primer litigio por un contrato y se viene la hora clave para el proyecto que abre la era del cobre

Aunque se esperan litigios judiciales por temas ambientales, San Jorge recibió el primer reclamo por supuestos incumplimientos en una causa judicial. Qué se espera tras la aprobación legislativa.

El Proyecto San Jorge es una de las grandes apuestas de la minería en Mendoza.

El Proyecto San Jorge es una de las grandes apuestas de la minería en Mendoza.

Marcos Garcia / MDZ

El 9 de diciembre el Gobierno, la empresa San Jorge y gran parte de Mendoza estarán atentos a lo que ocurra en el Senado provincial, donde se buscará darle aprobación definitiva al proyecto para extraer cobre del yacimiento ubicado en Uspallata que sería la primera mina de la “era del cobre” en Argentina. Pero los directivos de la empresa minera tendrán que dividir la atención, pues el mismo día y a la misma hora deberán estar presentes en una conciliación civil para evitar que el proyecto tenga un litigio judicial por incumplimiento de un contrato.

El conflicto surgió por el reclamo del pago de honorarios de un estudio de abogados de Buenos Aires que fue contratado por San Jorge por un motivo que lo hace de interés público: fue en el marco del reclamo por la constitucionalidad de la ley 7722 ante la Corte Suprema de la Nación que derivó en la anulación de un parte de esa norma; particularmente la mención a la prohibición de “sustancias similares” al cianuro, mercurio y ácido sulfúrico.

En el tratamiento legislativo de la Declaración de Impacto Ambiental surgieron algunas dudas sobre cuán blindado está el proyecto presentado desde el punto de vista ambiental, temiendo que si quedaban piezas sueltas podrían aparecer demandas. Pues aparecieron litigios desde un costado impensado, pues es “fuego amigo”.

El reclamo es por parte del estudio que patrocinó a San Jorge en la Corte de la Nación y aunque no se conocen los detalles finos, el monto sería millonario.

A la Corte nacional había recurrido la empresa para buscar la inconstitucionalidad de la ley 7722, tras la ratificación de la Suprema Corte de Mendoza. El resultado fue ambiguo: los jueces de la Corte federal ratificaron parcialmente la legalidad de la ley y declararon inconstitucional una parte del artículo 1 de la ley. La redacción inicial determinaba que estaba prohibido el uso de cianuro, ácido sulfúrico, mercurio y “otras sustancias similares” en la minería. La Corte eliminó esa parte, restringiendo la prohibición a tres sustancias solamente.

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El PJ revela por qué votó en contra de la minera San Jorge.

El PJ revela por qué votó en contra de la minera San Jorge.

Para San Jorge y los proyectos mineros que pueden usar el sistema de flotación es importante porque quitó la ambigüedad: lo que no está prohibido, está permitido. En ese caso, por ejemplo, el empleo del xantato y otras sustancias está permitido y no se puede citar la 7722 para frenarlos; algo que en 2011, con la redacción original, podía dar lugar a dudas y era motivo de controversia. El proyecto que trata la Legislatura no genera ninguna duda sobre el cumplimiento de la 7722.

Igualmente por la ratificación del “resto” de la 7722 San Jorge deberá dejar de lado el mineral oxidado, que está presente en el cerro y quedará acumulado sin tratamiento. Ese mineral solo puede producirse usando lixiviación con ácido sulfúrico, cuya prohibición sí quedó confirmada. “En sentido contrario, y sin perjuicio de lo expuesto, advierto que el arto l' de ley 7722, al prohibir en los procesos mineros metalíferos el empleo de "otras sustancias tóxicas similares", se aparta del principio de legalidad que surge de los arts. 18 y 19 de la Constitución Nacional, toda vez que en este aspecto la ley adolece de una gran indeterminación. La Corte ha expresado que el art. 19 de la Ley Fundamental exige que las normas incluidas dentro de la juridicidad tengan el mayor grado de previsión y previsibilidad posible a fin de que cumplan con el estándar de claridad que es exigible para que los sujetos puedan ajustar sus respectivas conductas”, dice el dictamen de la entonces procuradora de la Corte que fue tomado por los jueces del máximo Tribunal en el fallo.

El reclamo de honorarios contra San Jorge está relacionado con el resultado de esa causa y si fue exitoso o no para la empresa. Para la institucionalidad de Mendoza sí fue relevante.

Ante la consulta de MDZ desde Minera San Jorge aseguraron que no fueron notificados aún sobre la existencia de algún reclamo; así como de causas o instancias de mediación. “No tenemos conocimiento de ningún proceso jurídico vinculado a lo que se menciona en la consulta”, explicaron. En ese sentido hay un dato relevante: en Mendoza es obligatorio tener una instancia de conciliación antes de iniciar una demanda civil. Si fracasa esa mediación, se habilita la demanda. El reclamo está en esa instancia previa. “PSJ Cobre Mendocino no mantiene deudas con estudios jurídicos ni con ninguna firma. El Proyecto ha cumplido y cumple de manera estricta con todos sus compromisos y obligaciones, tanto contractuales como profesionales. Asimismo, no hemos recibido notificaciones, citaciones ni comunicaciones formales sobre audiencias de conciliación u otros procedimientos similares”, aseguraron desde la compañía.

La audiencia está fechada para el 9 de diciembre a las 10 de la mañana y tiene una agente designada para intermediar.

El caso inquieta en Tribunales y también en el ambiente minero porque aunque sea un tema de índole Civil, agrega ruido a un proceso que venía con una aceleración extra gracias al apoyo político del Gobierno. Incluso hubo sondeos para que algunos funcionarios relevantes del Gobierno medien informalmente para evitar el litigio. No sería la primera vez: fueron varios los funcionarios del Gobierno de Mendoza los que alertaron al Gobierno nacional por el comunicado de prensa del CONICET que mencionaba temas ambientales a resolver antes del tratamiento legislativo. Esas gestiones tuvieron éxito y el organismo científico cambió la comunicación, aún cuando las mismas recomendaciones están en el dictamen técnico.

Muchas de las dudas que surjan alrededor de San Jorge y la minería desembocarán en Tribunales. Por reclamos civiles, por amparos ambientales y, como garante final, en la Suprema Corte.

La hora de San Jorge

La causa que da inicio al conflicto en la Corte fue presentada por quien era el CEO de San Jorge en ese momento, Taras Nechiporenko. El nombre ilustra el recorrido accionario que tuvo San Jorge que fue "argentino, canadiense, ruso, estonio, suizo y mixto".

El proyecto fue desarrollado y presentado originalmente por la empresa canadiense Coro Mining, una compañía junior que desarrolló el plan para Mendoza y quedó en la puerta de convertirse en operador, antes del rechazo. Esa firma pasó a llamarse Marimaca y vendió San Jorge.

La empresa tuvo un recorrido complejo, así como el proyecto. Desde aquella idea de construir una vía férrea de 20 kilómetros para procesar el mineral en San Juan, a la pausa para esperar tiempos políticos mejores, pasando por el fallido intento de cambiar la 7722.

Hoy San Jorge tiene una composición mixta, pero es una empresa extranjera con sede en Mendoza. Tras el paso de Coro Mining, se constituyó una sociedad entre Aterra y Solway. Allí surge por primera vez el nombre “Zonda Metals”, formada en Países Bajos. Solway se quedó con el total de la empresa y luego hubo otro cambio de composición: aunque el principal accionista es también Zonda Metals, es una empresa distinta formada en Suiza, que se asoció al Grupo Alberdi. La composición es 70-30, con el control de los accionistas extranjeros. Es una empresa que no cotiza en bolsa, de tamaño mediano y que tendrá en San Jorge su primer proyecto de explotación de cobre.

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Audiencia pública del PSJ Cobre Mendocino.

Audiencia pública del PSJ Cobre Mendocino.

Por eso en el caso de San Jorge todos son primerizos: la empresa explotando un yacimiento de ese tipo, el Estado promocionándolo y, sobre todo, en la fase de control. Aunque los aspectos más discutidos están relacionados con lo ambiental, el paso siguiente a la aprobación tiene muchos matices económicos y financieros. Tras la aprobación de la DIA la empresa debe realizar el estudio de factibilidad, donde se ajustan los montos, necesidades y expectativas. Es decir, se sacan números finos sobre lo que cuesta y cómo se conseguirá el dinero, entre otras cosas. Desde San Jorge aseguran que hay garantías sobre el cumplimiento de la inversión prometida.

Allí, claro, es clave la aprobación legislativa por la garantía política que representa. Por la forma en la que está constituida hoy la empresa, no habrá oferta pública de Obligaciones Negociables u otros instrumentos, salvo que se asocie o cambie de formato. También hay expectativa sobre la posibilidad de que postule para acceder a los beneficios del Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) que está previsto para proyectos de más de 200 millones de dólares de inversión y tiene a la minería como uno de los sectores más promocionados. Ese régimen tiene requisitos estrictos de cumplimiento.

El estudio de factibilidad de San Jorge puede demandar un año de trabajo aproximadamente. Pero la empresa tendrá más tareas para avanzar. Es que la aprobación de la DIA incluye una lista de exigencias ambientales, técnicas y, sobre todo, de manejo hídrico que debe cumplir. Algunas de esas exigencias cambian la ecuación económica, como la obligación de impermeabilizar parte del sector de colas de mineral procesado. Otras, ponen en tensión el control sobre los recursos renovables, como el agua. Justamente el Departamento General de Irrigación fue uno de los organismos más duros respecto al proyecto. Ante las recomendaciones del organismo, la empresa respondió en gran medida con la frase “se tendrá en consideración”. Desde el DGI volvieron a resaltar que no se trata de sugerencias, sino de obligaciones. Una de ellas es la de pedir autorización para el uso del agua del arroyo El Tigra, considerado público, además de una larga lista de monitoreos y ensayos para evitar problemas a futuro.

Hacia el Gobierno también hay exigencias, pues será la primera vez que el Estado tenga que controlar una mina de cobre en construcción y operación.