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Revés para la CGT: la Justicia rechazó la cautelar y la reforma laboral de Javier Milei sigue vigente

La Sala IV del fuero Contencioso Administrativo desestimó la apelación de la central obrera y ratificó que la Ley de Modernización Laboral conserva su vigencia.

La CGT recibió otro golpe judicial. 

La CGT recibió otro golpe judicial. 

NA

La reforma laboral del gobierno de Javier Milei superó un nuevo examen judicial: la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ratificó el rechazo a la medida cautelar con la que la CGT buscaba suspender 81 artículos de la Ley de Modernización Laboral (27.802).

La resolución, conocida este miércoles y firmada por los camaristas Rogelio Vicenti y Jorge Morán, desestimó la apelación de la central obrera contra el fallo de mayo de la jueza Macarena Marra Giménez, que ya había reactivado la vigencia plena de la norma. El sindicalismo deberá aguardar ahora la definición de fondo sobre el planteo de inconstitucionalidad.

Cómo llegó el expediente a la Cámara

La pulseada judicial arrancó en marzo, cuando el juez laboral Raúl Ojeda frenó por vía cautelar el corazón de la reforma: los artículos sobre antigüedad, tercerización, despidos, vacaciones, período de prueba y banco de horas extra, entre otros puntos.

La Casa Rosada apeló, consiguió que la Cámara del Trabajo revirtiera aquella suspensión y logró después que la causa migrara al fuero Contencioso Administrativo. Fue allí donde Marra Giménez levantó la medida en mayo, con el argumento de que el reclamo cegetista era demasiado amplio para tramitarse por esa vía: "Dada su complejidad y extensión, el planteo requiere un examen profundo sobre los derechos involucrados, que no puede ser merituado a título cautelar", escribió entonces.

Los argumentos de los camaristas

La Sala IV convalidó ese razonamiento con definiciones contundentes. Para Vicenti y Morán, la central obrera "no pretende conservar el estado de cosas" sino que "pide un anticipo" de la sentencia definitiva, y no logró acreditar un perjuicio "que revista una magnitud y probabilidad de ocurrencia que justifique la alteración del orden normal del pleito".

Los jueces advirtieron además que analizar la inconstitucionalidad para decidir una suspensión provisoria "significaría adelantar una decisión sobre el fondo del asunto", y que una cautelar de ese tipo solo procede "cuando existen indicios serios y graves sobre la ilegitimidad de una norma", indicios que la CGT "no pudo demostrar en esta etapa preliminar".

Por qué el tribunal descartó la urgencia

Otro eje del fallo fue el tiempo procesal. Los camaristas subrayaron que la jueza de primera instancia todavía "no se pronunció" sobre la constitucionalidad de la ley, sino únicamente sobre la procedencia de la cautelar, y que "la razonable proximidad del dictado de la sentencia definitiva evidencia la falta de configuración del requisito de peligro en la demora".

La lectura del tribunal es que, con plazos breves para este tipo de procesos colectivos, no existe urgencia que amerite congelar la norma antes de la resolución final.

Qué viene ahora en la causa

Despejada la discusión cautelar, Marra Giménez queda habilitada para resolver la cuestión central: si la Ley de Modernización Laboral es o no constitucional. Mientras tanto, la reforma continúa aplicándose en su totalidad.

La Cámara anticipó que el juicio colectivo tendrá sentencia "en plazos cortos" y dejó abierta una vía adicional: los trabajadores que se consideren perjudicados por la norma pueden iniciar acciones judiciales individuales sin esperar el desenlace del expediente de la CGT.