Revés para el Gobierno por la ley de financiamiento universitario: ordenaron actualizar salarios docentes y becas
La Justicia hizo lugar a un reclamo del Consejo Interuniversitario Nacional y dispuso que se cumplan los artículos de la Ley de Financiamiento Universitario que el Poder Ejecutivo había suspendido mediante decreto.
Una de las marchas por la Ley de Financiamiento Universitario. Foto: UBA
La Justicia Federal otorgó una cautelar para actualizar salarios docentes y becas estudiantiles en las universidades nacionales, luego de un reclamo del Consejo Interuniversitario Nacional que cuestionó la suspensión de la Ley de Financiamiento Universitario dispuesta por el Poder Ejecutivo, y advirtió un impacto directo sobre el funcionamiento del sistema y el derecho a la educación.
¿Qué dispuso la Justicia Federal?
El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11 hizo lugar a una medida cautelar solicitada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) para que se cumplan los artículos 5° y 6° de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario. Esos artículos establecen la actualización y recomposición de los salarios de docentes y no docentes de las universidades nacionales, así como la actualización del monto de las becas estudiantiles, en función del índice inflacionario.
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¿Por qué el Gobierno había suspendido la ley?
La resolución judicial llega en un contexto de fuerte tensión entre el sistema universitario y el Poder Ejecutivo. Tras la sanción de la ley, el Gobierno dispuso su suspensión mediante el Decreto 795/2025, al sostener que la norma no autorizaba ni preveía de manera expresa los gastos necesarios para garantizar el financiamiento universitario. Esa decisión dejó sin efecto, en la práctica, los mecanismos de actualización salarial y de becas previstos por la ley.
¿Qué argumentó el Consejo Interuniversitario Nacional?
Ante ese escenario, el Consejo Interuniversitario Nacional inició a fines de octubre de 2025 un proceso colectivo con un doble objetivo: solicitar la declaración de inconstitucionalidad del decreto y exigir el cumplimiento inmediato de la Ley de Financiamiento Universitario. El planteo puso el foco en los artículos 5 y 6, al considerar que la falta de actualización salarial y de becas profundizaba la pérdida del poder adquisitivo y comprometía el normal funcionamiento de las universidades.
En su presentación, los actores alegaron una afectación colectiva y urgente. Argumentaron que el incumplimiento de la ley no solo impactaba en los ingresos de docentes y no docentes y en el acceso de los estudiantes a las becas, sino que también lesionaba derechos constitucionales vinculados a la educación y a la autonomía institucional de las universidades nacionales.
¿Qué dijo el juez Martín Cormick en su fallo?
Al resolver, el juez Martín Cormick dispuso: "Admitir la cautelar solicitada por la actora declarando inaplicable a su respecto, lo dispuesto en el decreto 795/2023 aquí impugnado en cuanto dispone al promulgar la ley 27.795 que por imperio de lo dispuesto por el artículo 5° de la ley 24.629, quedará suspendida en su ejecución hasta tanto el H. CONGRESO DE LA NACION, determine las fuentes de su financiamiento e incluya en el presupuesto nacional las partidas que permitan afrontar las erogaciones que su implementación requiere'".
¿Cuál fue el fundamento jurídico de la decisión?
El magistrado sostuvo que "se encontraría conformado un supuesto de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, en tanto la lesión de los derechos o garantías reconocidos son consecuencia del acto u omisión de la autoridad pública de forma clara e inequívoca, sin necesidad de un largo y profundo estudio de los hechos".

