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OSEP volvió a suspender el ingreso voluntario a la obra social para todo el 2026

El organismo tomó esta decisión en el directorio. Cuáles son los principales argumentos que dio la obra social.

Qué pasará con los afiliados voluntarios de OSEP.

Qué pasará con los afiliados voluntarios de OSEP.

La Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) resolvió prorrogar durante todo 2026 la suspensión del ingreso de afiliados bajo la modalidad de Afiliación Voluntaria Independiente (AVI). La medida rige desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre y mantiene un esquema que la entidad viene aplicando de manera consecutiva desde hace más de una década.

Fue en 2014 durante la gestión de Francisco Pérez, cuando se decidió suspender el ingreso de afiliados independientes. De manera ininterrumpida esta norma ha seguido "prorrogándose" hasta este año inclusive.

La decisión fue formalizada a través de la Resolución Nº 14 del Boletín Oficial, a través de una determinación del directorio de la OSEP. Según la norma, la prórroga se dispone porque “se mantienen los presupuestos y antecedentes que dieron lugar a la norma legal” que había establecido la suspensión con anterioridad.

Carlos Funes detalló que la obra social está trabajando con el Ministerio de Salud Foto: Legislatura
Carlos Funes detalló que la obra social está trabajando con el Ministerio de Salud Foto: Legislatura
Carlos Funes detalló que la obra social está trabajando con el Ministerio de Salud Foto: Legislatura

Desde OSEP explicaron que el pedido surgió del Departamento de Afiliaciones, que solicitó renovar la medida aplicada en 2024. En los considerandos de la resolución se indica que la suspensión se fundamenta en que “se mantienen a la fecha la motivación que originara la Resolución” del 2014.

El análisis económico de la medida de la OSEP

El análisis financiero fue uno de los ejes centrales de la decisión. La Subdirección de Finanzas y Presupuesto, a través del Departamento de Recaudaciones, informó que “se mantienen los presupuestos y antecedentes que dieron lugar a la norma legal citada”, avalando la continuidad de la restricción.

La resolución también se apoya en la Carta Orgánica de la obra social. Allí se recuerda que el objetivo principal de OSEP es “asegurar la prestación de servicios médicos asistenciales que contribuyan a la preservación de la salud física y psíquica de sus afiliados”, pero “con las limitaciones que impongan las posibilidades técnicas financieras”.

En ese marco, se ratifica que los beneficiarios prioritarios "son los empleados públicos, jubilados y pensionados del Estado provincial y municipal", cuya afiliación es obligatoria.

Las excepciones de la OSEP a la norma

No obstante, la norma contempla excepciones a la suspensión. El artículo 2 excluye de la restricción a los recién nacidos que sean hijos de afiliadas directas, indirectas o adherentes del sistema de Afiliación Voluntaria Independiente.

El texto detalla los plazos y condiciones para su afiliación, diferenciando los casos de bebés internados en neonatología y aquellos que reciben el alta médica al nacer.

Entre otros puntos, la resolución aclara que “si la afiliación del menor se realiza hasta los 30 días de vida, no realiza examen de admisión”, mientras que si se concreta entre los 31 y 60 días, “debe realizar examen de admisión, obtener la calificación APTO”.

Finalmente, el Directorio de OSEP encomendó al Departamento de Afiliaciones realizar los actos administrativos necesarios para aplicar la medida y ordenó su publicación en el Boletín Oficial, dando así validez formal a una decisión que impacta directamente en trabajadores independientes y monotributistas que buscaban acceder a la cobertura de la obra social.

La resolución de la OSEP

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