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Mendoza oficializó la ley que regula el transporte y el tratamiento final de efluentes

La Ley Nº 9706 fija requisitos, controles y sanciones para empresas que transporten y traten efluentes cloacales e industriales.

Irrigación fiscalizará el traslado y disposición final de efluentes cloacales e industriales.

Irrigación fiscalizará el traslado y disposición final de efluentes cloacales e industriales.

Imagen generada por ChatGPT

Mendoza oficializó este martes la Ley Nº 9706, una normativa que regula la actividad de recolección, transporte, descarga y disposición final de efluentes cloacales e industriales en todo el territorio provincial. La ley, publicada en el Boletín Oficial, establece requisitos específicos para empresas transportistas, operadores y generadores de residuos líquidos, con el objetivo de fortalecer los controles ambientales y garantizar la preservación del recurso hídrico.

Además, designa al Departamento General de Irrigación (DGI) como autoridad de aplicación, organismo que tendrá a cargo la fiscalización, habilitación y control de las actividades vinculadas al traslado y tratamiento de efluentes.

Registro obligatorio y control de camiones

Uno de los principales puntos de la normativa es la creación del Registro Provincial de Transportistas de Efluentes Cloacales e Industriales. Allí deberán inscribirse todas las personas y empresas que operen camiones atmosféricos o vehículos destinados a estas tareas.

La ley también establece que solo podrán prestar servicios quienes cuenten con habilitación vigente otorgada por Irrigación, además de cumplir con los requisitos técnicos y operativos que determine la reglamentación.

A su vez, la normativa incorpora sistemas de monitoreo y geolocalización satelital para los vehículos habilitados, con el objetivo de asegurar la trazabilidad de los efluentes durante todo el proceso de transporte y descarga.

Manifiestos electrónicos y régimen de sanciones

Otro de los cambios incorporados por la Ley Nº 9706 es la implementación obligatoria de un “Manifiesto de Carga” electrónico. El documento tendrá carácter de declaración jurada y deberá contener información detallada sobre el generador, el transportista, la carga y el operador de destino.

La normativa también prohíbe descargar efluentes fuera de los lugares autorizados, mezclar distintos líquidos transportados o almacenar las cargas por más de 48 horas. En caso de incumplimientos, la ley prevé sanciones que van desde apercibimientos y multas económicas hasta suspensiones, clausuras y decomisos. Además, obliga a los responsables a recomponer los daños ambientales que pudieran ocasionarse.

El texto publicado en el Boletín Oficial

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