La Suprema Corte le dio otro revés a Marcelo Romano: ¿podrá asumir como concejal?
El máximo tribunal provincial ratificó la pena de 10 meses de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer cargos públicos. "Soy el último bastión ambientalista", dijo Romano, quien apelará a la Corte Nacional.
Marcelo Romano, concejal electo de San Carlos.
Rodrigo D'Angelo / MDZTres días después de las elecciones de este domingo, la Suprema Corte de Justicia rechazó un recurso de casación presentado por Marcelo Romano, exlegislador provincial y flamante concejal electo de San Carlos por Provincias Unidas, el único cargo que accedió el espacio político que quedó completamente desdibujado en los comicios.
El máximo tribunal, con los votos de Julio Gómez, Dalmiro Garay y Teresa Day, confirmó la sentencia de 10 meses de prisión condicional y una inhabilitación especial por el doble tiempo de la condena (20 meses) para ejercer cargos públicos, por el delito de atentado a la autoridad agravado por su calidad de funcionario público (era senador provincial) en agosto del 2019, cuando intervino en un procedimiento policial en el que se encontraba su hija.
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Esto sin dudas podría afectar a su asunción como concejal de San Carlos en mayo del año que viene. No obstante, el dirigente político se defendió y adelantó a MDZ Online que apelará a la Corte Suprema de Justicia, así como también a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Los jueces de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza.
"Tengo la esperanza latente de demostrar que ha habido connivencia dolosa de un sistema judicial que manda presos a los opositores que atentan contra los negocios inmobiliarios mineros en Mendoza", se despachó el sancarlino.
Romano aseguró que es "víctima de persecución del cornejismo" desde hace años y que el fallo se aceleró porque es "el último bastión ambientalista". "No les conviene que asuma en la banca", planteó.
Sentencia en contra de la Suprema Corte
Toda la polémica se remonta al 11 de agosto del 2019, donde la policía detuvo en un control a la hija de Romano. Según el fallo, el tribunal de primera instancia tuvo por acreditado que el entonces senador provincial “arribó en una camioneta Toyota Hilux color negra, quien se acercó a la conductora del vehículo Renault Clio verde detenido en razón de un llamado al 911 que alertaba sobre la conducción peligrosa del rodado menor”.
Siguiendo la información de la sentencia, Romano se identificó ante los policías y los increpó: “Me llamo Marcelo Romano, ella es mi hija, yo soy senador e integrante de la bicameral de seguridad, por qué tienen demorada a mi hija, dedíquense a perseguir chorros en las villas, soy íntimo del ministro de Seguridad Venier, van a perder el trabajo por esto”. Acto seguido, el fallo relata que “le manifestó a su hija, conductora del Clio, que se subiera al auto y que se fuera del lugar; impidiendo de esta manera que el personal actuante continuara con el protocolo de actuación y le realizara el test de alcoholemia”.
El Juzgado Penal Colegiado N° 1 lo había condenado en la causa N° P739.458/19 a 10 meses de prisión condicional y una inhabilitación especial por el doble tiempo de la condena (20 meses) para ejercer cargos públicos. La defensa presentó un recurso de casación alegando errores en la valoración de la prueba, la inexistencia de un protocolo de alcoholemia y la prescripción del caso.
Sin embargo, la Corte descartó todos los planteos. El ministro Gómez, autor del voto principal, sostuvo que “el recurso interpuesto por la defensa no puede prosperar en esta instancia” y explicó que la acción penal “se encuentra vigente” porque los actos procesales “permiten tener por interrumpido el curso de la prescripción”.
Respecto de la conducta atribuida al exlegislador, el fallo señala que “la razón de la tutela penal de este tipo consiste en el aseguramiento del funcionamiento y prestigio de la administración pública” y que los funcionarios “no deben recibir condicionamientos de particulares en el proceso de formación de sus decisiones”.
Para la Corte, resultó irrelevante discutir si el procedimiento policial había sido motivado por un exceso de velocidad: “Aun cuando el procedimiento finalmente arroje que la misma conducía respetando las normas de tránsito, no puede discutirse que es una facultad funcional de la policía detenerla y corroborar si la misma realizó una infracción”.
El tribunal también validó la valoración de los testimonios policiales y la conclusión de que la actitud de Romano impidió el normal desarrollo del procedimiento. En este punto, destacó que “la entrega de documentación puede interpretarse como indicio de que el procedimiento estaba terminado, o bien, como un indicio de que el procedimiento no pudo llevarse a cabo en función de la intimidación ejercida por el acusado”.
Finalmente, la Suprema Corte resolvió: “Rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Marcelo Romano; y tener presente la reserva del caso federal efectuada”.
La defensa de Marcelo Romano
Mientras tanto, Romano, pese a las sentencias en su contra, insistió a este medio que él "nunca" habló con los policías, y aseguró que tuvieron "terror" porque "si no atestiguaban en contra mía, iban a perder su trabajo".
"No quieren que sea concejal de un pueblo como San Carlos porque soy el último bastión ambientalista. Romano puede levantar nuevamente al pueblo", arremetió.
En su descargo, apuntó no solo contra el gobernador Cornejo; sino también contra el procurador Alejandro Gullé y hasta el fiscal Darío Tagua, a quien calificó como un "esbirro" del Ministerio Público Fiscal.
"Nunca hubo pruebas de nada y no es casual que el fallo salga ahora que gané una banca", planteó.
El fallo


