La ley que elimina basurales a cielo abierto quedó a un paso de ser reglamentada
La norma sancionada en 2025 está vigente y fija multas millonarias a infractores. El Ejecutivo avanzó con la reglamentación para su aplicación en cada municipio.
El Gobierno de Mendoza reglamentará en las próximas semanas la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU). La norma sancionada en 2025 ordena a nivel provincial el tratamiento que se da a los desechos particulares e industriales para erradicar los basurales a cielo abierto. El Ejecutivo avanzó con el decreto reglamentario que establece un plan integral en conjunto con los 18 municipios, que espera la firma del gobernador Alfredo Cornejo. La iniciativa fija multas que llegan hasta los $500 millones y determina acciones para avanzar con la mitigación, a la vez que incorpora al proceso a los recuperadores urbanos.
La Ley 9.659 GIRSU fue promulgada por el Gobierno en octubre de 2025. La legislación tiene como objetivos el cierre gradual de basurales a cielo abierto y el fortalecimiento de la separación en origen.
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La norma que ya se encuentra vigente establece sanciones especiales para los que no cumplan con la legislación, además de las acciones civiles, penales o contravencionales que correspondan.
Las multas por basurales clandestinos irán desde mil a un millón de Unidades Fiscales (UF), equivalentes a un rango entre los $500.000 y los $500 millones.
Pero además de las sanciones, el Gobierno provincial publicará en las próximas semanas el decreto reglamentario para avanzar con el plan integral de tratamiento de residuos en sintonía con los 18 departamentos. Es decir, con los planes de acción que se van a realizar en cada uno de los municipios.
A un paso de la reglamentación
La norma fija que en un plazo de 180 días desde su promulgación, el Ejecutivo debía avanzar con la reglamentación. La semana pasada concluyó la etapa de discusión con los gobiernos comunales y se elaboró el decreto que espera la firma del gobernador.
Esta instancia estuvo a cargo del Ministerio de Energía y Ambiente través de la Coordinación de Sostenibilidad y de la Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental. Se realizaron reuniones con los municipios del área metropolitana y luego con los departamentos del Este y con el Consorcio del Valle del Uco (COINCE) y el Consorcio del Este (COINES).
Carla Ortega, coordinadora de Sostenibilidad del Ministerio de Energía y Ambiente, remarcó en diálogo con MDZ que “la gestión del residuo es competencia municipal y era importante poder trabajar la reglamentación en conjunto con los municipios”.
“Hicimos la instancia de consultas. Los municipios se sacaron las dudas y realizaron consideraciones para elaborar el decreto reglamentario. La ley ya plantea ciertas obligaciones y el decreto reglamentario viene a definir algunos procedimientos que en la ley no están tan desarrollados”, explicó la funcionaria.
En este sentido, la reglamentación avanzará con una serie de anexos técnicos respecto a cómo será la remediación de los basurales, además de cuestiones técnicas como las estaciones de transferencia o el registro unificado de colores, además de algunas definiciones sobre conceptos para evitar confusiones.
Ortega indicó que dos de los anexos más importantes son el plan provincial y el plan municipal. A través de este último los municipios empiezan a plantear a partir de un diagnóstico en su territorio, cuáles son las medidas de acción que van a tener.
Respecto al plan de erradicación y mitigación de los micro y macro basurales, la funcionaria indicó que “es imposible que sea de un día para otro, se establecen prioridades y se van haciendo las acciones”.
“El foco en todo esto es la eliminación de los basurales a cielo abierto, la separación y la recolección en origen, el trabajo con los recuperadores urbanos y la capacitación y concientización”.
Sanciones millonarias
Las multas por basurales clandestinos irán desde mil a un millón de Unidades Fiscales (UF). El valor actual de las UF fijado en la Ley Impositiva para el 2026 es de $500. Es decir que las multas irán de los $500.000 a los $500 millones.
También se podrá suspender la actividad durante un mes y un año, avanzar con la paralización o cese definitivo de la actividad y clausura de las instalaciones y la confiscación de maquinarias o vehículos utilizados durante la infracción.
La normativa también contempla que podrán exigirse resarcimientos para conmutar las infracciones cometidas a la norma y que podrán ser en insumos y maquinarias.



