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La Justicia rechazó un amparo de ambientalistas contra el distrito minero de Malargüe

Una jueza civil desestimó una demanda presentada por el abogado Eduardo Sosa y la Fundación Cullunche exigiendo la inconstitucionalidad de las declaraciones de impacto ambiental (DIA) de 34 proyectos de exploración minera en el sur provincial.

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Marcos Garcia/MDZ

La Justicia Provincial rechazó un amparo presentado por el abogado ambientalista Eduardo Sosa y la Fundación Cullunche en contra del avance del Malargüe Distrito Minero Occidental. Los ambientalistas pretendían que se declare la inconstitucionalidad de las 34 declaraciones de impacto ambiental (DIA) para proyectos de exploración en el departamento del sur provincial.

La jueza María Angélica Gamboa, titular del Tribunal de Gestión Asociada Tercero no hizo lugar al amparo impuesto por Sosa y la Fundación Cullunche, quienes pretendían que se frenen los 34 proyectos de exploración minera en el departamento del sur provincial y se declare la inconstitucionalidad de las DIAs que habilitaron la primera etapa de este plan de exploración minera.

El abogado ambientalista Eduardo Sosa y la Fundación Cullunche interpusieron una acción de amparo colectivo contra el Gobierno de Mendoza para que se declare la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la Ley N° 9.588 que ratificaba las 34 declaraciones de impacto ambiental del proyecto Malargüe Distrito Minero Occidental.

Asimismo, solicitaron que se dicte una medida cautelar innovativa con el objetivo de suspender la aplicación de la ley impugnada.

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El proyecto prevé actividades de exploración para la búsqueda de litio.

El proyecto prevé actividades de exploración para la búsqueda de litio.

Demanda de ambientalistas

Los ambientalistas fundamentaron la presentación del amparo señalando que existe una “amenaza” relacionada a circunstancias que “ponen en real, efectivo e inminente peligro al equilibrio ecológico de un hábitat natural de casi 2 millones de hectáreas en el sur provincial”.

Sostienen también que existió “arbitrariedad e ilegalidad manifiestas” en la aprobación del distrito minero en Malargüe violando la Ley 7722, la normativa relacionada a la Evaluación de Impacto Ambiental, la Ley General del Ambiente N° 25.675 , la Ley Provincial N°5961, el Decreto N°820/06, la Ley 25.639 de Preservación de Glaciares y Ambiente Periglacial; el Tratado de Escazú, el Convenio 169 de la OIT para la Protección de los Pueblos Indígenas, la Resolución N°109/96 sobre Audiencia Pública y demás normativa concordante.

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Afirmaron que la tramitación del procedimiento de evaluación que dio lugar a las declaraciones de impacto ambiental ratificadas por la ley 9588 ha sido irregular, en tanto ha seguido un procedimiento distinto al establecido en su caso o se ha prescindido de trámites esenciales.

La Justicia confirmó la legalidad de los proyectos mineros

Al analizar la demanda, la jueza Gamboa indicó que no existen elementos que “permitan apreciar la denunciada ilegalidad en el actuar administrativo”.

“Los agravios de ilegalidad esbozados resultan generalizaciones que pretenden abarquen un total de 34 proyectos de exploración minera, sin detallar las correspondientes a cada uno en concreto”, planteó la magistrada.

“Sin desmerecer la loable actividad que la accionante Fundación Cullunche desempeña en nuestra provincia en torno al cuidado y preservación del ambiente, los argumentos bajo los cuales ha pretendido en autos atacar la constitucionalidad de una Ley ratificatoria de proyectos de exploración minera trasluce una pretensión de control formal de legalidad de un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”, sostuvo.

Agregó en el mismo sentido que la fundación actuó “sin atender al efectivo cumplimiento del fin tuitivo para el que este instrumento fue establecido, y de igual modo concluyendo, apriorística y sesgadamente, que no cumplirán su función los sistemas de control establecidos para estos proyectos, contemplando a este fin que los sistemas de control fueron también señalados por la Ley General de Ambiente como instrumento de gestión sustentable del ambiente”.

En definitiva, la titular del Tribunal de Gestión Asociada Tercero consideró que el amparo no puede prosperar “por ausencia de los recaudos que se han analizado".

Por este motivo decidió no hacer lugar al amparo interpuesto por el abogado Eduardo Sosa y la Fundación Cullunche contra los proyectos de exploración en Malargüe Distrito Minero Occidental.