La Justicia rechazó detener a Martín Insaurralde y Jesica Cirio pero les prohibió salir del país
El juez Armella consideró que aún no existen elementos suficientes para hacer lugar al pedido del fiscal Mola. Sin embargo, reforzó las medidas cautelares sobre la pareja y otros mientras avanza un peritaje contable considerado clave.
El juez federal de Lomas de Zamora, Luis Armella, rechazó el pedido de detención formulado por el fiscal Sergio Mola contra el exintendente de Lomas de Zamora Martín Insaurralde y su ex, Jesica Cirio, en la causa que investiga presuntas maniobras de lavado de activos y enriquecimiento ilícito.
Sin embargo, el magistrado dispuso una serie de medidas restrictivas para garantizar que ambos permanezcan a disposición de la justicia mientras continúa la investigación. La resolución a la que tuvo acceso MDZ también alcanza a la modelo Sofía Clérici, a los hijos del exintendente de Lomas de Zamora, Martín Luciano Insaurralde, Rodrigo Agustín Insaurralde, además de Gastón Barrachina y Víctor Mario Donadío.
Todos deberán cumplir con la prohibición de salir del país, permanecer dentro de un radio de 50 kilómetros de su domicilio sin autorización judicial, informar cualquier ausencia superior a 24 horas, actualizar su residencia y comprometerse formalmente a no obstaculizar la investigación.
La causa analiza la evolución patrimonial de Martín Insaurralde y de otros imputados entre 2009 y 2023, con el objetivo de determinar si existió un incremento patrimonial injustificado y si parte de esos bienes o fondos fueron incorporados al circuito legal mediante maniobras de lavado de dinero.
Mola había solicitado la detención de Insaurralde a raíz de la difusión pública de un video donde se observa a Jesica Cirio exhibiendo una importante suma de dinero en efectivo dentro del vestidor de una vivienda que se presume habría compartido con Insaurralde. Para el fiscal, las imágenes fortalecen la hipótesis delictiva y justificaban una detención inmediata para evitar riesgos de entorpecimiento de la pesquisa.
No obstante, el magistrado concluyó que "la citación a prestar declaración indagatoria de Jesica Cirio, tanto como de Martín Insaurralde, resulta a las claras prematura en el estadio que se encuentra la investigación", ya que el pedido fiscal presenta "una evidente orfandad probatoria". Es decir, el escenario procesal aún no permite adoptar una medida de semejante gravedad.
Por otra parte, Armella señaló que todavía no concluyó el peritaje contable ordenado sobre el patrimonio de los imputados, pero que registra un avance del 91% y su resultado será determinante para establecer si la evidencia reunida alcanza para avanzar con nuevas imputaciones, indagatorias o eventuales medidas de mayor alcance.
Asimismo, el juez remarcó que los informes elaborados por la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), utilizados por la Fiscalía para sustentar parte de sus planteos, no constituyen una pericia y recordó que la documentación expresamente aclara que solo sirven como orientación para una futura pericia y no pueden ser considerados prueba concluyente.
Sobre el video difundido en los últimos días, el magistrado enfatizó que resta determinar aspectos fundamentales antes de asignarle valor probatorio. Entre ellos, la autenticidad del material, la fecha exacta en que fue grabado y el lugar donde fue filmado. Para ello ya se ordenó un análisis técnico destinado a verificar si las imágenes fueron editadas o alteradas, incluso mediante herramientas de inteligencia artificial.
Finalmente, el juez destacó que Insaurralde y Cirio permanecieron a disposición de la Justicia durante toda la investigación, informaron sus viajes cuando les fue requerido y cumplieron con las medidas cautelares vigentes. Además, sostuvo que durante las numerosas declaraciones testimoniales realizadas en estos años ningún testigo denunció presiones o intimidaciones.
Finalmente, el magistrado Armella cuestionó la fundamentación del pedido formulado por el fiscal Mola respecto a Jésica Cirio al señalar que no individualizó con precisión cuál sería el hecho concreto que se le atribuye ni la calificación legal correspondiente, una omisión que, a su criterio, podría derivar en futuros planteos de nulidad.
Por otra parte, y advirtiendo sobre el impacto que puede tener la difusión pública de medidas procesales aún no resueltas, Armella fue incisivo tras indicar que la exposición mediática de pedidos de detención o diligencias de investigación puede afectar el normal desarrollo de la causa, influir sobre testigos y generar presiones externas sobre la actividad judicial.
En ese contexto, recordó que el Ministerio Público Fiscal debe actuar con objetividad y ajustarse exclusivamente a las pruebas incorporadas al expediente. "La posible divulgación de aspectos vinculados a la presente investigación podría conspirar contra el efectivo avance de las diligencias tendientes al esclarecimiento de los hechos", afirmó el juez, quien además advirtió que las decisiones judiciales no deben responder a expectativas de la opinión pública, sino únicamente a las necesidades objetivas del proceso.

