La Justicia ordinaria investigará a la numeróloga de Silvina Batakis por manipular a clientes vulnerables
La Corte Suprema resolvió que sea un juzgado criminal nacional y no federal el que investigue a "Pitty, la numeróloga", acusada de aprovecharse psicológicamente de sus clientes para quitarles dinero y bienes.
Pitty, la numeróloga está en la mira de la Justicia.
Instagram: @pitty_la_numerólogaLa Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que la causa contra Verónica Asad, conocida en el mundo del espectáculo y las redes sociales como "Pitty, la numeróloga", sea llevada adelante por el fuero ordinario y no el federal.
La denuncia que dio origen al expediente fue presentada por Pablo Salum, quien se identifica en redes sociales como "Fundador de Red LibreMentes" y se describe a sí mismo como un "luchador" contra las "pseudociencias coercitivas". En su presentación judicial, Salum acusó a Asad de captar personas en situación de vulnerabilidad, manipularlas psicológicamente y, a partir de ese vínculo, despojarlas de dinero o bienes. En ese marco, también solicitó una prohibición de acercamiento y contacto hacia su persona, medida que el juzgado de instrucción finalmente aceptó.
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El caso de captación contra “Pitttty” no llegó a la Corte de manera aislada. Todo se desencadenó cuando trascendió que la entonces presidenta del Banco Nación, Silvina Batakis, y María del Carmen Barros, gerenta general de la entidad, habían contratado a “la numeróloga” para brindar un supuesto "curso de coach" con fondos de la institución. La denuncia fue impulsada por la ex diputada nacional Graciela Ocaña. En esa línea, el fiscal Guillermo Marijuan llegó a imputar a las funcionarias y a la propia Asad por incumplimiento de los deberes de funcionario público, defraudación contra la administración pública y peculado.
Sin embargo, el año pasado se dictó el sobreseimiento de Batakis, Barros, Asad y el resto de los involucrados. Una auditoría interna del Banco Nación concluyó que "no se pudo determinar que la institución haya sufrido un perjuicio patrimonial por la contratación directa del servicio", lo que dejó sin sustento la acusación en Comodoro Py.
Fue justamente esa distinción la que terminó de definir la disputa de competencia entre los juzgados. El Procurador General, Eduardo Casal, sostuvo que "le asiste razón al juez federal en cuanto a que los hechos que conforman ambos procesos resultan distintos y escindibles", señalando que las conductas denunciadas por Salum se vinculan con el ejercicio de la actividad de Asad como numeróloga y "no alcanzan" para justificar la intervención de la justicia federal. Los supremos Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti acompañaron ese criterio.
La investigación ahora deberá determinar si existe evidencia suficiente para sostener que Asad utilizó su rol como guía espiritual y numeróloga para ejercer una influencia indebida sobre personas vulnerables.


