La ley es constitucional

Glaciares: en San Juan aseguran que el fallo de la Corte no afecta a la minería

El ministro de Minería de San Juan se quejó de “quienes salen a decir cosas sin haber leído bien el fallo”.

miércoles, 5 de junio de 2019 · 15:34 hs

El gobierno de San Juan dijo hoy que el falla de ayer de la Suprema Corte de Justicia acerca de la Ley de Protección de Glaciares “no afecta a la actividad minera de la provincia” y que “tampoco impide futuros emprendimientos”.

Así lo resumieron hoy el ministro de Minería de San Juan, Alberto Hensell y el Fiscal de Estado Jorga Alvo, durante una conferencia de prensa ofrecida en el Centro Cívico de la provincia cuyana.

Hensell sostuvo taxativamente que el fallo de la Corte “no beneficia, ni perjudica a la minería” y que “los proyectos mineros han seguido su marcha buscando el perfil de sus próximas inversiones y los proyectos mineros que están en ejecución, están con importantes inversiones trabajando normalmente”.

El ministro sostuvo que “este fallo no afecta el normal desarrollo de la actividad minera en la provincia” y que “es muy bueno que la Corte “haga un claro reconocimiento de las facultades y atribuciones y derechos que tienen las provincias sobre sus recursos originarios que hacen al sistema federal”.

Hensell recordó además que “por sí misma, la ley de Glaciares no impide la actividad minera” y dijo que “este fallo nos calma la ansiedad porque la Corte habla de las jurisdicciones locales".

Por último el ministro de Minería de San Juan, se quejó de “quienes salen a decir cosas sin haber leído bien el fallo” y que “no es cuestión de decir que acá se viola la ley de glaciares sin tener elementos concretos”, agregando que "a nadie se le puede ocurrir hacer actividad alguna arriba de un glaciar y no se puede es aplicar generalizaciones".

Por su parte, el Fiscal de Estado de San Juan, Jorge Alvo, explicó que “la Corte abordó el tema desde el punto de vista formal y no sustancial, respecto del proceso de la sanción de la ley, porque considera que sería invadir otra esfera de poder y se afectaría el sistema republicano”.

Además, indicó que “las empresas mineras tampoco habían demostrado que la sanción de la ley fuera irrazonable, en lo referente al trabajo de la Cámara y tampoco implicaba poner en duda la propia existencia de la ley".

Por otro lado sostuvo que el tribunal "no se explaya de manera sustancial sobre la Ley y en cuanto al sistema de control de constitucionalidad, la Corte Suprema indica que no están dados los dos recaudos que son formales y que son condicionantes, que es que exista una causa propia, que sea contenciosa donde haya conflicto de intereses, y que no existía por parte de las empresas, la acreditación que la ley de Glaciares estuviera afectando algún derecho o hubiera algún daño”.

Por eso dijo que “la Corte no entra en el fondo de la Ley, sino que consideró que, al no cumplirse estos puntos, el planteo sería en abstracto o a modo de consulta”.