El Gobierno amplió el RIGI para sumar nuevas inversiones en infraestructura ferroviaria
El Ejecutivo precisó qué obras ferroviarias pueden ingresar al régimen de grandes inversiones y cómo se medirá el aumento de la capacidad de transporte.
A partir de la modificación, no solo la construcción de infraestructura ferroviaria nueva podrá ser considerada dentro del sector de infraestructura del RIGI. También quedarán comprendidas determinadas obras de renovación, sustitución, transformación y desarrollo de instalaciones preexistentes. La norma establece, sin embargo, que las simples tareas de conservación y mantenimiento no serán consideradas nuevas inversiones bajo esta definición.
Detalles clave de las obras ferroviarias incluidas
Entre las obras que podrán quedar incluidas aparecen la construcción de nuevas trazas, la duplicación y renovación de vías, la rehabilitación de ramales no operativos mediante la incorporación de nueva infraestructura, y la renovación integral de puentes, alcantarillas y otras estructuras ferroviarias. También se contemplan sistemas de señalamiento, telecomunicaciones y energía, electrificación de trazas, protección activa en pasos a nivel y cruces ferroviarios a distinto nivel.
El decreto también incorpora infraestructura vinculada directamente con la logística del transporte ferroviario de cargas. En ese grupo aparecen los nodos logísticos, puertos secos, centros de desconsolidación y transferencia de cargas y playas de maniobra, intercambio y clasificación. De esta manera, el Gobierno amplía la definición de las inversiones que pueden ser consideradas parte del desarrollo de la infraestructura ferroviaria.
¿Inversión o simple mantenimiento? La distinción oficial
Uno de los puntos centrales de la modificación es la diferencia entre una obra de inversión y una tarea de mantenimiento. Mientras la conservación busca mantener una infraestructura en las condiciones existentes, las obras de renovación, sustitución, transformación o desarrollo pueden modificar sus características y mejorar su funcionamiento. Por eso, una intervención que solo mantenga una vía en su estado actual no será considerada, por sí sola, una ampliación dentro del RIGI.
La nueva reglamentación también establece cómo se determinará si una inversión sobre infraestructura ferroviaria preexistente constituye una ampliación de un proyecto. Para que sea considerada como tal, deberá producir un aumento verificable de la capacidad de transporte. Ese incremento deberá ser determinado cuantitativamente mediante parámetros técnicos objetivos, que permitan comparar la capacidad existente antes de la obra con la que resulte después de la inversión.
El Gobierno justificó la modificación en la necesidad de dar mayor previsibilidad a las inversiones en un sector que requiere grandes desembolsos de capital y largos períodos de recuperación. La administración de Milei también destacó el deterioro de parte de la red ferroviaria argentina y la necesidad de inversiones para su renovación y desarrollo. El Decreto 748/2026 entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial.