Confirmaron la millonaria sanción contra una exfuncionaria de Paco Pérez acusada de pagar sobreprecios
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó la apelación de la ex titular de la DAABO, Graciana Furlotti, emplazada a devolver $2 millones en 2018.
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Alf Ponce Mercado / MDZLa Suprema Corte de Justicia de Mendoza ratificó una millonaria sanción del Tribunal de Cuentas contra una ex funcionaria provincial. Se trata de la ex titular de la Dirección de Administración de Activos ex Bancos Oficiales (DAABO), Graciana Furlotti, quien había sido acusada de sobreprecios en la contratación de una empresa de seguridad y había sido emplazada a devolver $2 millones en 2018.
Los jueces Omar Palermo y José Valerio rechazaron una demanda impulsada por la ex funcionaria de la última gestión peronista del gobernador Francisco “Paco” Pérez. Furlotti había solicitado la nulidad del fallo N° 17.011 dictado por el Tribunal de Cuentas en junio de 2018.
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El órgano de control había impuesto un cargo de $2.012.560,20 en forma solidaria a la exdirectora de la DAABO junto al Jefe del Departamento Habilitación, Gerardo Becerra, por irregularidades e inconsistencias en la contratación y el pago de sobreprecios a la empresa Previseg SA por el servicio de vigilancia.
La DAABO se encarga de gestionar los activos, créditos y bienes que adquirió la provincia derivados del proceso de privatización del ex Banco Mendoza y de Previsión Social.
Graciana Furlotti ocupó el cargo de Directora Ejecutiva del organismo durante la gestión peronista de Francisco “Paco” Pérez.
Millonaria sanción por sobreprecios
En 2018, el Tribunal de Cuentas aplicó una sanción de $2.012.560,20 en concepto de cargo solidario contra Furlotti y Becerra y emplazó a los ex funcionarios a devolver ese monto.
Tras una auditoría en el Ejercicio 2025 de la DAABO, el órgano concluyó que existía un daño patrimonial originado en partidas no comprobadas por la contracción del servicio de seguridad privada a la empresa Previseg SA.
La investigación arrojó que de enero a diciembre de 2015 se registraron 85.797 horas facturadas, pero solamente quedaron registradas 53.959 en los recibos de sueldo, existiendo una diferencia de 31.838 horas entre aquellas facturadas y las efectivamente rendidas en forma legal.
El monto que alcanzaba en ese entonces la suma pagada sin respaldo documental era de $1.525.049 y sumando los intereses a junio de 2018 se calculó un cargo $2.012.560,20.
Apelación ante la Corte
Graciana Furlotti presentó una acción procesal administrativa ante la Suprema Corte de Justicia contra el Fallo N° 17.011 del Tribunal de Cuentas. Afirmaba que la resolución había sido “arbitraria” y advertía que “se ha utilizado el irregular proceder de la empresa prestadora de servicios para endilgar la presunta responsabilidad” a ella.
La exfuncionaria argumentó en su demanda que “es la contratista la que debe aportar la documentación laboral y previsional o de servicio que corresponde”. Criticó que el Tribunal de Cuentas haya elegido “valorar las pruebas” al solo efecto de “sustentar la condena” en su contra, en lugar de admitir que “se encontraba frente a un proveedor del Estado que utilizó todos los ardides necesarios para eludir el pago de las cargas laborales y previsionales que la ley obliga, cometiendo fraude en perjuicio de los trabajadores, lo que evidencian los expedientes radicados en la Cámaras del Trabajo ofrecidos como prueba”.
“No existe en el fallo alguna prueba concluyente que lleve a sostener que la empresa de seguridad no prestó el servicio en la cantidad de horas por las que se emitieron las correspondientes facturas y menos aún que la titular de la DAABO sea la máxima responsable de ese hipotético procedimiento administrativo irregular”, esgrimió.
Rechazo de la Justicia y sanción ratificada
El caso fue analizado por los ministros Omar Palermo y José Valerio, mientras que el juez Mario Adaro no firmó la sentencia por encontrarse de licencia. Los dos magistrado concluyeron que debían rechazar la acción impulsada por Furlotti y confirmaron de esta manera el cargo por $2 millones contra la exfuncionaria.
Los ministros argumentaron que el fallo del Tribunal de Cuentas es el resultado de un “procedimiento reglado, cuyos pasos respetaron la previsión legal, en el que participaron en varias oportunidades el organismo Revisor y la Secretaría Relatora, y se le dio a la actora debida oportunidad de descargo, en tanto se corrió vista de las observaciones y se realizaron requerimientos tanto en la pieza principal, como en la pieza separada”.
Respecto a la responsabilidad de la ex titular de la DAABO, los jueces indicaron que en el fallo se consigna que “ha actuado personalmente en la autorización del gasto, otorgando el visto bueno a las facturas, y el objeto de la contratación comprendía ‘horas efectivamente prestadas’, por lo que debía controlarse que lo que se pagaba fueran horas realmente cumplidas”.
Asimismo, los integrantes de la Corte ratificaron que la resolución del Tribunal de Cuentas “explica detalladamente el modo en el que se determinó la existencia de 31.838 hs. por las que se han realizado erogaciones sin que pueda demostrarse que se ha recibido el servicio abonado en contraprestación”.
Por estas razones, decidieron no hacer lugar a la acción procesal administrativa y rechazar la demanda de Furlotti, a la vez que confirmaron de esta manera el cargo de $2.012.560,20 que deberá pagar la ex funcionaria en forma solidaria.


