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Cómo impacta la sentencia de la Corte en las bodegas y hoteles de lujo que accedieron al agua de manera irregular

La Corte le dio la razón a Irrigación: los 19 pozos otorgados a emprendimientos de lujo fueron autorizados de manera irregular. Pero no cegarían los pozos: la Corte ordenó darles permisos precarios con un costo elevado pero que les garantiza mantenerse habilitados.


La Suprema Corte de Mendoza resolvió una de las causas más complejas que tenía y aunque la parte resolutiva es escueta, tiene una implicancia enorme desde el punto de vista político, ambiental y productivo. La Corte rechazó el reclamo que un grupo de empresas dedicadas a la producción de vino, al real estate y al turismo de alta gama había realizado para anular la orden del Departamento General de Irrigación de “cegar” los pozos de agua a los que habían accedido de manera irregular.

Se trata de los 20 pozos que fueron autorizados en Agrelo, zona en la que por la escasez se había prohibido que haya nuevas perforaciones para un grupo de empresas y que derivó en un escándalo con sospechas de corrupción mediante. El agua revalorizó las tierras y permitió el avance de emprendimientos productivos, turísticos e inmobiliarios de alta gama que hoy son promocionados en todo el mundo. El problema es que ahora quedó ratificado judicialmente que no les correspondía el derecho de acceder al agua. La causa resuelta es la iniciada por Santa María de los Andes y Bulnes, que derivó en la sociedad Dragonback. Pero hay otros expedientes gemelos que fueron parte del "combo" iniciado en 2009 y 2010 por un grupo de desarrolladores agrupados en una organización fantasma: la Cámara de Comercio, Vitivinicultura, Turismo y Producción Alto Agrelo.

La sentencia tiene un alto valor institucional, pues ratifica el poder del Departamento General de Irrigación, organismo que quedó empoderado. Además pone de relieve el valor ambiental y el dominio público del agua. “Los actos que desestimaron las concesiones respectivas, y que ordenaron el cegado de los pozos, resultan legítimos”, determinó la Corte. Sin embargo el Tribunal avanza más allá de lo jurídico y se involucra en la búsqueda de una solución ejecutiva por las inversiones ya realizadas. Es decir, no habrá “cegado” de los pocos, ni afectaciones al patrimonio de quienes accedieron al agua y ejecutaron los proyectos productivos.

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En cambio, se ordenó aggiornar una normativa creada para otros fines. Las empresas podrán acceder a “permisos precarios”, un sistema establecido para agua superficial. Para ello deberían justificar la necesidad de agua, explicar el proyecto de inversión y también el DGI determinar que hay agua disponible. Pero es un caso “sui generis”, pues ya acceden al agua, ya hay producción, ya hay emprendimientos inmobiliarios y hasta tienen reconocimientos en la guía Michelin.

La adecuación normativa es un desafío. Sí, deberán pagar el valor de llave, es decir la inversión estatal para que tengan agua. Ese pago se hará usando el “Fondo Potrerillos”, que fue creado para que el Estado amortice las obras ejecutadas (como la represa). Esa solución generó controversia dentro de la Corte, pues hubo ministros que sugirieron en su voto que no tenían por qué buscar una solución.

Los protagonistas

Los emprendimientos en cuestión están en una zona privilegiada que sin el agua no podrían haberse desarrollado. Santa María de los Andes derivó en la sociedad conocida como Dragonback Estate S.A., un consorcio que incluye algunos de los hoteles de lujo más importantes de Mendoza. Los propietarios son de la compañía son Young Woo y Margarete Lee. Entre los propietarios y adherentes hay empresarios, integrantes de la farándula y el mundo de los negocios y el arte. En la misma línea estarán otros proyectos de la zona rebautizada como Alto Agrelo, pero que en gran medida está en Ugarteche. Se trata de fincas y desarrollos que también entraron en el grupo de pozos mal otorgados y tienen causas judiciales gemelas. Todo en el área más deseada.

Ahora el DGI deberá reordenar todo. Los permisos precarios estaban creados para el agua superficial. Irrigación apunta a unificar criterios y que el agua "sea una sola". En este caso, además, debe otorgar permisos precarios en una zona de restricción y a empresas que usaron agua cuestionando al propio organismo.

“El remedio que se postula implicará en el caso, el deber de otorgamiento por parte del DGI y solo en el caso de que las accionantes manifiesten su interés y voluntad en dicha línea, de una autorización para el aprovechamiento especial de aguas procedentes de la Cuenca del Río Mendoza, respecto de excedentes producidos o a producirse en la misma”, explica Dalmiro Garay en su argumentación sobre la solución ejecutiva ofrecida. En la causa desde el Ministerio Público Fiscal también se había mencionado la encrucijada que había por delante: ratificar que fue irregular el acceso al agua y que Irrigación tiene razón. Pero “advertir” sobre las consecuencias que podría tener el cegado de los pozos y la anulación de los proyectos y hasta posibles demandas contra el Estado.

Las fincas que se beneficiaron con el agua en Agrelo

Pozos de agua: las fincas que se beneficiaron en Agrelo

En el medio hay otras decisiones clave en el entramado judicial. Irrigación ordenó el cegado de los pozos. Pero la justicia civil otorgó un amparo que evitó hacer ejecutiva esa medida. Por eso aunque Irrigación había ordenado “no avanzar”, las empresas pudieron hacer uso del agua y ejecutar inversiones millonarias al punto de que todo pareciera irreversible.

La historia

El acuífero El Carrizal es una de las zonas más frágiles y también más deseadas. Desde mediados de los 90 rige una restricción para acceder al agua subterránea y eso generó también una serie de presiones enormes por el potencial productivo de Ugarteche y Agrelo. En 2010 se desató un escándalo por la flexibilidad que se generó en Irrigación.

El DGI otorgó autorización para realizar 20 pozos de agua en esa zona restringida a un grupo de empresas que habían formado una asociación. Fue Eduardo Frigerio quien lo ejecutó. El funcionario renunció en medio del escándalo y antes de ser enjuiciado.

Para saltar las restricciones se aludió a un informe que decía que había un excedente del 5% en el acuífero. La demanda era enorme: había 84 pedidos de perforación esperando. Pero las empresas usaron un mecanismo irregular para saltarse la fila y que les dieran agua. Formaron la Cámara de Comercio, Vitivinicultura, Turismo y Producción Alto Agrelo, una entidad intermedia para, así, quedar priorizados. Luego se comprobó que la asociación fue creada solo con el fin de adelantarse y ser priorizados, pues se trataba de empresas privadas con fines particulares. “De los dictámenes legales producidos antes del rechazo de la concesión, surge que la Cámara de Turismo Alto Agrelo no estaba conformada por usuarios del recurso hídrico, como lo exige la ley a los efectos de que se configure la prioridad”, explican en el expediente, donde quedó claro que “dicha cámara no constituía un consorcio, asociación o cooperativa de usuarios y que los permisos así obtenidos habían quedado finalmente adjudicados a los sujetos integrantes de dicha cámara individualmente”.

Es decir, se usó la figura de una Asociación para que empresas particulares accedan al agua en una zona restringida y saltándose la fila. En el mismo expediente se ratifica que fue una "maniobra violatoria del orden de prioridades que contiene la Ley”, por “intentar desplazar a quienes contaban con prioridad en el tiempo para el otorgamiento de los permisos (más de 50 interesados), bajo el pretexto de integrar una Cámara, si no fue dicha Cámara la que obtuvo el beneficio para el uso exclusivo del agua pública”.

En todo el proceso hay ausencias institucionales. A pesar de las sospechas, no hubo investigación penal de fondo para determinar si hubo delitos en el proceso irregular de acceso al agua. Tampoco avances políticos y administrativos para determinar responsabilidades, más allá de la renuncia de Frigerio.