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Cómo es el proyecto de ley que habilita WhatsApp para las notificaciones judiciales

Un senador del PJ presentó un proyecto de ley para que las aplicaciones como WhatsApp puedan utilizarse para la entrega de notificaciones judiciales.

El proyecto busca habilitar WhatsApp como nuevo medio de notificación.  

El proyecto busca habilitar WhatsApp como nuevo medio de notificación.  

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El senador mendocino Pedro Serra, del bloque FT-PJ, presentó un proyecto de ley en donde se busca incorporar a las aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp o Telegram (y las que puedan surgir) como medio válido y fehaciente de notificaciones judiciales.

El proyecto incluye la modificación de los artículos 21 y 79 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza, agregando incisos que refieran a esta nueva modalidad propuesta por el senador.

Según señala en los fundamentos del proyecto, las aplicaciones de mensajería instantánea se han convertido en el principal canal de comunicación de los mendocinos, destacando que posee un índice de penetración que supera el 85% de la población adulta con celular.

Pedro Serra
Pedro Serra, el impulsor del proyecto para agregar WhatsApp como medio válido de notificación judicial.

Pedro Serra, el impulsor del proyecto para agregar WhatsApp como medio válido de notificación judicial.

Sin embargo, el proyecto aclara que las notificaciones digitales no reemplazarán a los domicilios procesales ya existentes, sino que será un complemento en el proceso para que el sistema pueda funcionar de una forma más ágil y eficiente.

A su vez, explica que existen antecedentes a nivel provincial, como es el caso del fuero de Familia; y a nivel nacional, con la sanción de leyes y acordadas de la Corte Suprema de Justicia habilitando notificaciones digitales.

Cómo se podría implementar WhatsApp en las notificaciones judiciales

El proyecto expresa la incorporación de un inciso en el artículo 21 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario, el cual refiere a los domicilios procesales declarados, abriendo la posibilidad de declarar un número de celular o de identificación de mensajería instantánea, sin reemplazar ni sustituir el domicilio procesal declarado.

Además, el proyecto también modifica el artículo 70 referido a las notificaciones, explicando que la misma se realizará por esta vía por decisión del juez y siempre y cuando haya sido aprobada y declarada como alternativa válida por el destinatario al momento de iniciar el proceso.

A su vez, la notificación deberá ser enviada exclusivamente por el celular o la cuenta oficial del organismo judicial, en formato PDF y con contacto previo antes de enviar el aviso, además de identificar el juzgado o tribunal interviniente, el número de expediente, y el nombre completo y CUIL o CUIT del destinatario.