Aumentó la tarifa de luz en Mendoza: cuál será el impacto para los usuarios
El EPRE informó este viernes cuál será la actualización promedio en la boleta de la luz para los usuarios mendocinos, tras el incremento del costo del servicio.
A partir del 1 de febrero aumentó la tarifa del servicio eléctrico de Mendoza. El Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) informó este viernes que la variación promedio estimada en el costo de la boleta de la luz será del 6,9%, dependiente de la categoría de cada usuario y el consumo.
La actualización del servicio se aplicó luego de que la Secretaría de Energía de la Nación estableciera, mediante Resolución 22/2026, los nuevos precios estacionales de energía, potencia y transporte para el período comprendido entre el 1° de febrero al 30 de abril de 2026, los cuales impactan en el componente de la tarifa denominado “Costo de Abastecimiento”, de jurisdicción nacional.
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Al mismo tiempo, se actualizó el Valor Agregado de Distribución (VAD), componente de la tarifa de jurisdicción provincial, en virtud de que la variación del IPC (Índice de Precios al Consumidor), superó el umbral definido del 7%, de acuerdo con el Procedimiento de actualización de VAD establecido en el Decreto 1680/2024.
En este marco, el EPRE mediante Resolución 25/2026, estableció los nuevos cuadros tarifarios a usuario final para el periodo febrero-abril 2026.
Cuál será el impacto para los usuarios
Desde el EPRE informaron que en promedio la variación estimada en la factura eléctrica es del 6,9% dependiendo del consumo y categoría tarifaria del usuario.
En particular, para los usuarios residenciales, que representan el 85% de los usuarios de la Provincia, la variación promedio es del orden del 4,8%, debiendo considerarse si poseen subsidio del Estado Nacional.
- Usuarios con subsidio: la variación estimada en promedio es del orden del 2.5% (desde los $500 hasta los $10.200 mes) pudiendo registrar incluso en algunos casos una reducción de hasta el 7% ($-5.800 mes) en atención a la bonificación extraordinaria prevista para el periodo.
- Usuarios sin subsidio, el incremento rondará entre los $3.000 y $13.800 mes en promedio.
Quiénes acceden a los subsidios energéticos
En el marco del Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados, los usuarios residenciales que resulten beneficiarios del subsidio nacional contarán en febrero con una bonificación del 73% aplicada sobre el consumo base de 300 kWh mensuales (600 kWh bimestrales), mientras que el consumo excedente se facturará sin subsidio.
A partir de marzo, el tope de consumo subsidiado se reducirá a 150 kWh mensuales (300 kWh bimestrales), conforme a los criterios establecidos por la Secretaría de Energía de la Nación y la bonificación se reducirá al 70.45%.
Recordamos que aquellos usuarios que deseen ser incluidos en nuevo esquema de subsidios energéticos focalizados pueden inscribirse, a través del sitio web: https://www.argentina.gob.ar/subsidios o https://epremendoza.gob.ar/resef/ y completar el formulario.
Los hogares, considerando en conjunto a los integrantes del hogar, deberán cumplir las siguientes condiciones:
- Ingresos netos menores a 3 (tres) Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2 según INDEC.
Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:
- Un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.
- Un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Los hogares no alcanzados por el subsidio:
- Hogares cuyos integrantes posean al menos un (1) automóvil con una antigüedad igual o menor a tres (3) años. Este criterio no se aplica en el caso de contar con un integrante del hogar titular de un Certificado Único de Discapacidad (CUD) emitido por autoridad competente.
- Hogares cuyos integrantes posean, en conjunto, tres (3) o más inmuebles.
- Hogares en los que al menos un integrante posea una (1) embarcación de lujo.
- Hogares en los que al menos un integrante posea una (1) aeronave.
- Hogares en los que al menos un integrante posea Activos Societarios.

