Atención docentes: la DGE fijó un requisito clave para cobrar un incentivo salarial
A través de una resolución, estableció la antigüedad máxima para el cobro del incentivo por especialización docente que determinó la Ley 9.598.

La Dirección General de Escuelas (DGE) estableció la antigüedad máxima para el cobro del incentivo por especialización docente. Foto: DGE
La Dirección General de Escuelas (DGE) estableció uno de los requisitos claves para pagar el incentivo por especialización docente, el cual se estableció por ley y comenzó a otorgarse a docentes y directores que acrediten los títulos de todos los niveles y modalidades.
A través de la Ley 9.598 se implementaron incentivos docentes entre los cuales se dispuso un plus salarial por especialización. La norma establecía la necesidad de determinar la antigüedad máxima de egreso a considerar para cada una de las formaciones previstas alcanzadas por el incentivo.
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En este sentido, ministro de Educación y director general de Escuelas, Tadeo García Zalazar, firmó esta semana la Resolución Nº 4677, con el objetivo de establecer “criterios claros y precisos para el reconocimiento de especializaciones y diplomaturas a los fines del pago del incentivo especialización docente”.
En los fundamentos de la disposición, el funcionario resalta que la política educativa requiere promover la formación continua del personal docente en áreas prioritarias y que por lo tanto “corresponde garantizar la equidad en el acceso a los incentivos, estableciendo parámetros temporales que aseguren la vigencia y pertinencia de las formaciones”.
Un requisito clave para cobrar el incentivo
La resolución firmada por García Zalazar establece la antigüedad máxima de egreso a considerar para las formaciones que percibirán este incentivo.
Respecto a las especializaciones universitarias y de Institutos de Educación Superior la antigüedad máxima será de 10 años desde la fecha de egreso según diploma o analítico.
No obstante, habrá una excepción para especializaciones de más de 10 años que guarden relación directa con los ejes prioritarios de la política educativa provincial y también en el caso de que el docente haya desarrollado durante los últimos 5 años al menos una Actualización Académica que guarde relación con esos ejes.
En el caso de las diplomaturas expedidas por Institutos de Educación Superior de la DGE, se aplicará el mismo criterio establecido para las especializaciones. Y para las diplomaturas universitarias no dictadas por Institutos Superiores de la DGE, se deberá cumplir, además de la carga horaria mínima requerida según normativa vigente, de una antigüedad máxima de 4 años desde la fecha de egreso según diploma/analítico. Y también que su temática guarde relación directa con los ejes prioritarios de la política educativa provincial.
Por otro lado, la resolución señala los ejes prioritarios de la política educativa provincial, los cuales actualmente son:
- Alfabetización y comprensión lectora
- Matemáticas y pensamiento lógico
- Idiomas
- Educación digital y tecnologías educativas
- Primeras Infancias
- Inclusión educativa, Trayectorias y Apoyo Escolar
- Convivencia escolar, ciudadanía y resolución de conflictos
Por otra parte, se aclara que la fecha de egreso se computará desde la fecha consignada en el diploma o analítico correspondiente. En caso de discrepancia entre ambos documentos, prevalecerá la fecha del diploma. El corte se realizará por año calendario, tomando como referencia el año de egreso y el año en curso.
También se determina que la evaluación de la pertinencia temática y correspondencia respecto a los ejes prioritarios de la política educativa estará a cargo de la Comisión de Incumbencias e Incentivos Docentes, que emitirá dictamen fundado en cada caso.