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Antes de mandar el Presupuesto 2027, el Gobierno restringe el gasto en compras y obras nuevas

El Gobierno provincial habilitó a sus distintas áreas a realizar contrataciones que se ejecutarán durante el año que viene, pero fijó límites y prohibió imputar nuevas obras públicas, hasta contar con la pauta de gastos.


Mientras se aguarda por la presentación del proyecto de Presupuesto 2027, el Gobierno de Mendoza estableció una serie de límites para las contrataciones de bienes y servicios de las distintas áreas de la Administración Pública. El Ministerio de Hacienda habilitó a las jurisdicciones a iniciar los procesos que serán afrontados durante el próximo ejercicio fiscal aunque fijó topes en el gasto y estableció que no se podrá avanzar con obras públicas nuevas.

A través de un decreto acuerdo, firmado por el gobernador Alfredo Cornejo y los siete ministros del gabinete provincial, se establecieron una serie de restricciones para los gastos de la administración pública, mientras se ultiman los detalles para el envío del Presupuesto 2027 a la Legislatura, que debería ingresar este miércoles, aunque podría demorarse unos días.

Teniendo en cuenta el marco legal vigente y la necesidad de comenzar a tramitar expedientes de contrataciones de bienes y servicios, cuyo devengamiento se concretará con cargo al Presupuesto del año 2027, el Gobierno consideró necesario autorizar a iniciar los procesos de contrataciones pertinentes para cada área.

En este sentido, el Ejecutivo provincial dispuso una restricción mensual y acumulativa para las distintas dependencias públicas.

La carrera por ser el sucesor de Alfredo Cornejo como gobernador de Mendoza tiene varios nombres de peso.

Estos límites determinan que se podrán afectar preventivamente las Erogaciones Corrientes y de Capital, financiadas con Rentas Generales, hasta alcanzar el 20% acumulativo por trimestre siendo su distribución enero 20%, abril 20%, julio 20% y octubre 20%. El decreto aclara que dicho porcentaje se deberá aplicar sobre el crédito vigente habilitado.

Por otro lado, las partidas de Erogaciones Corrientes y de Capital que se financien con recursos afectados, se podrán afectar preventivamente hasta alcanzar el 20% acumulativo por trimestre siendo su distribución enero 20%, abril 20%, julio 20% y octubre 20%. Este porcentaje se deberá aplicar sobre el crédito vigente.

Excepciones para Vendimia y la deuda

La norma firmada por todo el Gabinete provincial resalta que se podrán afectar preventivamente, cualquiera sea su financiamiento, hasta el 80 % del presupuesto vigente habilitado según corresponda, en los siguientes casos y con las consideraciones que en cada caso se detallan:

  • Las contrataciones que se realicen para la Fiesta Nacional de la Vendimia dependiente de la Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y DGE; la mensualización de los gastos que demande la fiesta será del 26,66 % en enero y febrero y del 26,68 % en marzo.
  • Las partidas de Intereses de la Deuda, Gastos de la Deuda, Amortización de la Deuda, Amortización del Capital y Amortización del Ajuste de la Deuda; podrán disponer de su crédito vigente habilitado en un 80% en el mes de enero y no contarán con cuotificación para el resto de los meses.
  • Las partidas de Amortización de la Deuda Residuos Pasivos, Amortización de la Deuda Acreedores Varios, Residuos Pasivos Perimidos y Acreedores Varios Perimidos podrán disponer de su crédito vigente habilitado en un 80% en el mes de enero y no contarán con cuotificación para el resto de los meses.
  • Las partidas de recursos afectados previstas para la Unidad de Financiamiento Internacional (UFI) y la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos (UCPP), que podrán disponer de su crédito vigente en un 80% en el mes de enero y no contarán con cuotificación para el resto de los meses.

La revisión a cargo de Hacienda y una restricción para nuevas obras

El decreto publicado este martes en el Boletín Oficial establece que hasta tanto se apruebe el Presupuesto para el ejercicio 2027, no podrán imputarse preventivamente obras públicas nuevas.

Por otro lado, indica que el Ministerio de Hacienda y Finanzas efectuará el seguimiento y control de la ejecución presupuestaria, tanto de los Recursos como de las Erogaciones, a fin de mantener el equilibrio entre las mismas, pudiendo disponer porcentajes diferentes de ejecución, si fuera necesario, teniendo en cuenta la recaudación estimada, para lo cual se emitirá una Resolución de la Subsecretaría de Hacienda o del Ministerio de Hacienda y Finanzas.

Asimismo, además de la fijación de porcentajes de ritmo del gasto, el Ministerio de Hacienda y Finanzas o la Subsecretaría de Hacienda contarán con herramientas para mantener el equilibrio presupuestario y financiero tales como: la confección de volantes de reservas de créditos, la fijación de asignaciones presupuestarias mensuales en las distintas etapas del gasto, una combinación de las antes citadas y cualquier otra medida o procedimiento necesario para lograr un mejor control y seguimiento de las erogaciones.