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Alfredo Cornejo rechazó un reclamo salarial de más de 10 años de los funcionarios judiciales

El gobernador desestimó un recurso administrativo de 32 trabajadores del Poder Judicial nucleados en la Asociación de Funcionarios Judiciales que exigían el pago de diferencias salariales por la famosa Cláusula "C".

El gobernador Alfredo Cornejo rechazó un reclamo administrativo de 32 funcionarios judiciales.

El gobernador Alfredo Cornejo rechazó un reclamo administrativo de 32 funcionarios judiciales.

El gobernador Alfredo Cornejo rechazó un reclamo salarial de funcionarios del Poder Judicial que exigían el pago de las diferencias en sus haberes por la famosa Cláusula “C” acordada en paritarias en 2013 y que pretendía equiparar los sueldos entre magistrados, funcionarios y empleados judiciales. El mandatario provincial desestimó el planteo argumentando que la Suprema Corte de Justicia ya resolvió este conflicto salarial y determinó que esta cláusula no contempla una aplicación automática.

Cornejo firmó el Decreto Nº 1951 a través del cual rechazó un reclamo realizado por 32 trabajadores judiciales nucleados en la Asociación de Funciones Judiciales que solicitaban al Ejecutivo provincial el reconocimiento y pago de diferencias salariales derivadas de la aplicación de la denominada Cláusula "C".

La Cláusula “C” fue acordada en el marco de las paritarias de los judiciales en 2013 y establecía que al cierre de cada año, el Gobierno y el gremio analizarán la diferencia salarial que hubo entre lo percibido por magistrados y lo percibido por empleados y funcionarios. Ese convenio establecía que la diferencia entre esos montos debía ser abonada en el primer trimestre del año entrante. Sin embargo, ese punto nunca se concretó y durante más de 10 años se incrementó exponencialmente esa brecha salarial.

La disputa por la aplicación de este plus salarial llegó a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza que el año pasado resolvió en un fallo “salomónico” que el Gobierno debía realizar una “propuesta razonable” de recomposición salarial para los funcionarios en el ámbito paritario y exhortó a ambas partes a establecer una “fórmula nítida” de actualización en caso de establecer cláusulas similares hacia adelante.

Sin embargo, un grupo de 32 funcionarios provinciales decidieron presentar un reclamo administrativo exigiendo el pago de las diferencias salariales que les correspondería por esta cláusula.

El reclamo administrativo de los funcionarios judiciales

Los 32 agentes del Poder Judicial solicitaron el reconocimiento y pago de diferencias salariales derivadas de la aplicación de la denominada Cláusula "C" del Acuerdo Paritario del Sector Judicial celebrado en el año 2013.

Remarcaron que esa cláusula tenía por finalidad evitar el incremento de la brecha salarial existente entre magistrados, funcionarios y empleados judiciales y sostuvieron que el incumplimiento de ese compromiso “produjo un perjuicio económico que debe ser reparado mediante el pago de las diferencias salariales correspondientes, con más sus intereses”.

Un hecho llamativo es que el representante legal de este grupo de funcionarios judiciales fue el abogado Alejandro Jofré, ex subsecretario de Trabajo durante la primera gobernación de Alfredo Conejo y que debió renunciar tras una denuncia por abuso sexual simple, causa en la que finalmente terminó condenado.

El revés del Gobierno provincial

La Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial consideró que el reclamo de los funcionarios judiciales no podía prosperar porque la misma controversia ya tuvo pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza,

Sostuvieron que que el Máximo Tribunal Provincial analizó el contenido la cláusula invocada y concluyó que la misma “no reconoce un derecho subjetivo automático al reajuste de las remuneraciones ni genera, por sí sola, una obligación exigible de equiparación salarial o de pago de diferencias retroactivas, sino que constituye un compromiso cuyo tratamiento corresponde al ámbito propio de la negociación colectiva”.

Al mismo tiempo, remarcaron que la decisión dictada por la Suprema Corte adquirió firmeza al haberse denegado el Recurso Extraordinario Federal para que la Corte Suprema de la Nación revise la sentencia, quedando consolidado el criterio interpretativo fijado respecto del alcance jurídico de la Cláusula “C”.

Con estos argumentos, las autoridades del Gobierno provincial determinaron que no corresponde reconocer administrativamente el reclamo ni disponer el pago de diferencias salariales fundadas en una interpretación de la Cláusula "C" que “ha sido expresamente descartada por la Suprema Corte de Justicia de Mendoza”.

En este sentido, advirtieron que “corresponde rechazar el reclamo administrativo interpuesto por el Dr. Alejandro F. Jofré, tanto por encontrarse la acción prescripta conforme al régimen legal aplicable, como por carecer los presentantes de legitimación activa para reclamar la aplicación de los efectos de la sentencia”.