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La DGE definió cómo se pagará el incentivo de dedicación docente

El Gobierno reglamentó el pago del incentivo para docentes y directivos del nivel superior. La medida establece requisitos y condiciones específicas para acceder al beneficio.
El incentivo se pagará a docentes de nivel superior que cumplan ciertos requisitos. Foto: Santiago Tagua/MDZ
El incentivo se pagará a docentes de nivel superior que cumplan ciertos requisitos. Foto: Santiago Tagua/MDZ

La Dirección General de Escuelas(DGE) publicó la reglamentación que establece el mecanismo de pago del incentivo de dedicación docente para directivos y docentes titulares o en condiciones de titularizar en el nivel superior. La normativa define los criterios de acceso, el monto y la modalidad de control para garantizar el cumplimiento de las actividades requeridas.

Según la resolución, podrán acceder al beneficio aquellos docentes que hayan trabajado al menos 18 horas cátedra o tengan un cargo frente a alumnos en los seis meses previos a la liquidación. Además, deberán acreditar una permanencia mínima de dos años en sus funciones y no registrar sanciones disciplinarias.

El incentivo tendrá un límite de hasta 36 horas cátedra y se otorgará únicamente a quienes participen en proyectos institucionales presentados ante la Dirección de Educación Superior, desarrollen iniciativas de acompañamiento a las trayectorias estudiantiles o cumplan funciones específicas dentro del nivel. En el caso de docentes con horas de gestión curricular, deberán destinar el 50% de su carga a actividades de formación continua, investigación y/o acompañamiento a la práctica profesional o desarrollar acciones bajo proyecto específico de acompañamiento a la trayectoria de sus estudiantes.

Docentes que se desempeñen en espacios cuatrimestrales también podrán acceder. Foto: Dirección General de Escuelas.

También podrán acceder aquellos docentes que se desempeñen en espacios curriculares cuatrimestrales, siempre que registren contraprestación en funciones propias del nivel superior, priorizando la formación inicial o a través de proyectos específicos. En las carreras técnicas, se considerará válido el acompañamiento a las Prácticas Profesionalizantes acordado con el docente responsable.

Asimismo, si la contraprestación se realiza en formación inicial, será suficiente con acreditar un proyecto áulico de acompañamiento a los estudiantes durante ambos cuatrimestres. Para quienes trabajen en espacios curriculares anuales sin horas de gestión curricular, se exigirá el desarrollo de proyectos áulicos específicos orientados a mejorar la trayectoria estudiantil y reducir el desgranamiento.

Para garantizar la correcta aplicación del beneficio, las instituciones educativas deberán presentar anualmente su Proyecto Institucional y los listados de docentes asignados. La DGE realizará controles en agosto y febrero, verificando que al menos el 80% de las metas planteadas en los proyectos sean cumplidas.

Cada la institución estará obligada a informar cualquier modificación que se registre durante el año académico. Foto: Dirección General de Escuelas

La resolución también establece criterios específicos para docentes con cargos electivos de gobierno y gestión académica, así como para quienes hayan sido reubicados por cambios en la oferta educativa. Además, se prevé un monitoreo permanente y ajustes en la liquidación del incentivo, con una primera evaluación a realizarse en abril de 2025.

La reglamentación completa: así se pagará el incentivo de dedicación