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Maqueda, sobre la designación de Lijo y García-Mansilla por decreto: "La Corte no está obligada a tomarles juramento"

El exjuez de la Corte Suprema aseguró que la designación de dos jueces por decreto por parte del presidente Javier Milei "es un gran desafío al Congreso" y advirtió al Ejecutivo.
El exjuez de la Corte Suprema de Justicia Juan Carlos Maqueda apuntó contra el fallo que prohibió la difusión de los audios de Karina Milei.

El exjuez de la Corte Suprema de Justicia Juan Carlos Maqueda apuntó contra el fallo que prohibió la difusión de los audios de Karina Milei.

NA

El recientemente retirado juez de la Corte Suprema Juan Carlos Maqueda consideró este jueves "casi una provocación" del presidente Javier Milei la designación por decreto en comisión de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla en el máximo tribunal. En ese sentido, remarcó que durante los 22 años que ejerció como supremo "nunca se dio una situación semejante" y aclaró: "La Corte no está obligada a tomarles juramento".

"En mis 22 años que yo estuve en la Corte no se dio nunca una situación semejante a esta. No puedo decir con certeza qué va a pasar. Eso lo van a determinar mis excolegas", sostuvo Maqueda frente a los múltiples escenarios que se abren a partir de la decisión de Javier Milei de nombrar por decreto a dos nuevos integrantes del máximo tribunal.

En ese sentido, el exmagistrado evaluó como un "gran desafío al Congreso y a la Cámara de Senadores" los nombramientos por decreto y remarcó que la firma del decreto tres días antes del comienzo de las sesiones ordinarias "burla totalmente el espíritu de la Constitución". "Es casi una provocación", enfatizó el exjuez en diálogo con Urbana Play, y agregó: "Me imagino que habrán medido cuáles van a ser las consecuencias. Debe haber un objetivo político detrás para que se hable específicamente de todo esto".

De acuerdo al artículo 99, inciso 4 de la carta magna, el procedimiento para nombrar un juez en la Corte Suprema consiste en que el presidente proponga a sus candidatos y que el Senado debe luego prestarles su acuerdo. Sin embargo, casi un año después de haber enviado los pliegos de Lijo y García-Mansilla al Congreso, el Gobierno decidió sortear ese paso y designarlos por decreto "en comisión".

Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, los dos jueces designados por decreto en la Corte Suprema por el presidente Javier Milei.

Para ello, el Ejecutivo se apoyó en el inciso 19 del mencionado artículo 99, el cual habilita en casos excepcionales al presidente a designar jueces cuando el Congreso se encuentra en periodo de receso -entre el 30 de noviembre y el 1° de marzo-. Es decir, el Gobierno tomó la decisión a falta de 3 días del inicio de la actividad normal del Palacio Legislativo, donde ya no podría haber ejecutado las designaciones por decreto.

Para Maqueda, eso fue "una cosa traída de los pelos que no tiene que ver con la realidad constitucional argentina", ya que "no hay nada en la Constitución que diga que si (un pliego) no se trata en un año no se deba tratar en el siguiente" y aseguró: "Es una decisión política que va a traer muchos costos".

Además, el exsupremo sostuvo que "a partir del 1° de marzo el Senado, ya en sesiones ordinarias, se podría convocar y tratar los pliegos" de García-Mansilla y Lijo. "Puede rechazarlos o puede aprobarlos. Si los rechaza hay antecedentes jurisprudenciales que dicen que cuando a un juez se le rechaza un pliego, la Corte Suprema le dijo que no podía seguir ejerciendo", señaló.

Esa visión contradice la postura del Gobierno, que argumenta que una vez que un magistrado fue designado en comisión este debe sostenerse en sus funciones hasta el final del periodo legislativo, es decir hasta el 30 de noviembre. "Me parece disparatado", replicó Maqueda, que además puso otra objeción al Ejecutivo.

Desde el Gobierno aseguran que el máximo tribunal "no puede negarse" a tomarles juramento a los recién designados, sin embargo, para el exjuez "la Corte no está obligada". "Yo no he vivido circunstancias como estas, no lo tengo presente, pero claro que no está obligada", manfiestó el exsupremo. De darse ese escenario, ni Lijo ni García-Mansilla podrían asumir.

La licencia de Lijo

El caso de Ariel Lijo enfrenta una particularidad que lo diferencia de García-Mansilla, su cargo como juez federal. Por ese motivo, el magistrado, en su deseo de mantener su cargo hasta no ser confirmado en el máximo tribunal, solicitó una licencia extraordinaria para poder asumir. En ese sentido, la Cámara Federal le dio la autorización, pero por reglamento quien debe dar el visto bueno es la propia Corte Suprema.

En ese contexto, Maqueda advirtió que "los antecedentes que tiene la Corte en ese sentido no lo benefician mucho a Lijo". "Todo lo contrario. Estar en la Corte Suprema no es parte de la carrera judicial. No es como pedir una licencia para ocupar un cargo de camarista", explicó.

El exsupremo recordó un antecedente del año 1975 donde el máximo tribunal determinó que "cuando uno es designado en comisión no tiene derecho a retener el cargo anterior" y agregó otro caso de la década de 1960, el del camarista federal José Bidau, designado por el presidente José María Guido en la Corte Suprema en 1962.

Sin embargo, con la llegada de las elecciones y la asunción de Arturo Umberto Illia, cambió la composición del Congreso -y del Senado-, que decidió no prestarle acuerdo. "Cuando se tiene que retirar, Bidau no solo pierde el cargo en la Corte sino que pierde su cargo como camarista", señaló Maqueda. Se trata de una advertencia para Lijo, que podría enfrentar un destino similar.