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Tras las imágenes en la cárcel: la CIDH exigió medidas urgentes y afirma que la situación de Nahuel Gallo es grave

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos tomó esa decisión al considerar que el argentino se encuentra en una situación de gravedad y urgencia. Aumenta la tensión con el régimen de Maduro.
Preocupación internacional por el estado del argentino Foto: Archivo
Preocupación internacional por el estado del argentino Foto: Archivo

Tras las declaraciones de la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich respecto a las imágenes del gendarme secuestrado, Nahuel Gallo, a las que consideró una "pantomima", la Comisión Interamericana de Derechos Humanos adoptó la Resolución 1/2025, mediante la cual otorgó medidas cautelares en beneficio de Nahuel Agustín Gallo, tras considerar que se encuentra en una situación de gravedad y urgencia toda vez que sus derechos a la vida e integridad personal enfrentan un riesgo de daño irreparable en Venezuela.

Según informa la comisión, el Cabo Primero de Gendarmería Nacional en Argentina, fue detenido el 8 de diciembre cuando pretendía ingresar a Venezuela para visitar a su familia. Tenía los trámites en regla, pasaporte vigente y un pasaje de ida y vuelta. 

"El 8 de diciembre, tras una revisión de documentos a las 8:40 a.m., las autoridades venezolanas lo apartaron para una "entrevista", le quitaron el teléfono y lo dejaron incomunicado. A las 10:57 a.m., el beneficiario logró llamar a su esposa desde el teléfono de un taxista que lo había transportado anteriormente, informándole que lo estaban llevando a una segunda "entrevista". El taxista informó luego que el traslado fue realizado por funcionarios de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM), identificados por las siglas en el vehículo", señala el comunicado.

La comisión agrega que desde el momento en el que fue detenido, el paradero de Gallo es desconocido. Además, afirma que los funcionarios venezolanos mencionaron que el argentino está detenido pero "sin que se haya aportado detalles sobre el motivo de su detención, cargos que se le imputan, lugar donde está detenido, ni cuáles eran sus condiciones físicas o de salud".

Otro dato que surge del texto oficial es que los abogados Nahuel Gallo en Venezuela fueron citados a la Fiscalía para recibir información sobre su paradero, "pero se les notificó que la denuncia por su desaparición no procedería y no se les brindó información". En ese contexto y al intentar presentar la denuncia ante las oficinas centrales de la Fiscalía General en Caracas se negaron a recibirla.

El otro tema que vienen denunciando en conjunto el Gobierno argentino y la familia del gendarme está relacionado con la negativa del régimen de maduro de informar el lugar y las condiciones en las que el uniformado está detenido.

Por lo tanto tras analizar las alegaciones de hecho y derecho efectuadas por la parte solicitante, "la Comisión tomó en consideración que, desde el 8 de diciembre de 2024, Nahuel Gallo estaría privado de la libertad por agentes del Estado de Venezuela, y hasta la fecha su paradero es desconocido". 

Finalmente, la CIDH afirmó que debido a las circunstancias del caso entiende que "el asunto reúne prima facie los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad contenidos en el artículo 25 de su Reglamento. En consecuencia, se solicita a Venezuela que"

  • Adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de la persona beneficiaria. En particular:
  • Informe si la persona beneficiaria se encuentra bajo custodia del Estado y las circunstancias de su detención; o bien, de las medidas tomadas a fin de determinar su paradero o destino;
  • Precise si la persona beneficiaria fue presentada a un tribunal competente para revisar su detención de habérsele imputado delitos;
  • Indique de manera expresa el tribunal que conocería su causa penal, de existir esta, o las razones por las que no ha sido puesta en libertad a la fecha;
  • Permita la comunicación del beneficiario con su familia y representantes legales de confianza dándoles acceso pleno a su expediente penal, de existir; y
  • Posibilite que tenga comunicación con el país del que es nacional; y
  • Informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la presente medida cautelar y así evitar su repetición.

Desde el organismo señalaron que "el otorgamiento de la presente medida cautelar y su adopción por parte del Estado de Venezuela no constituyen prejuzgamiento alguno de una petición que eventualmente pueda ser interpuesta ante el Sistema Interamericano sobre una posible violación de los derechos protegidos en los instrumentos aplicables".

La Comisión es un órgano principal y autónomo de la OEA, cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.