La letra chica del convenio entre el Gobierno y la Capital que frenó una demanda judicial
Durante los últimos días del 2024, el Gobierno de Mendoza y el intendente de la Ciudad de Mendoza, Ulpiano Suarez, alcanzaron un acuerdo para destrabar un millonario reclamo del municipio por la actualización del Fondo Compensador, que había llegado a la justicia. Este miércoles se oficializó el convenio firmado entre el jefe comunal y el Ejecutivo, a través del cual se transferirán $1.200 millones a Capital en doce cuotas y el municipio se comprometió a levantar la demanda que había presentado ante la Suprema Corte de Justicia de la provincia.
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Mediante el decreto N° 2.914, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se formalizó el convenio firmado entre el intendente Suarez y el ministro de Hacienda y Finanzas de la provincia, Víctor Fayad, para frenar el reclamo judicial de actualización del Fondo Compensador, creado hace casi 30 años por la Ley de Coparticipación, el cual consiste en una suma fija que se transfiere a la comuna y no ha sido modificada desde hace más de una década.
El intendente venía solicitando desde hace mucho tiempo a la provincia que se actualice el monto establecido por la ley N° 6.393 para compensar a los departamentos de Capital y de La Paz, perjudicados por el régimen de coparticipación que entró en vigencia en 1996. Desde el municipio resaltan que originalmente el Fondo Compensador era equivalente a 4 millones de dólares y que con el paso del tiempo y a raíz de la escalada inflacionaria de las últimas décadas, esa suma fija hoy representa alrededor de 10.000 dólares.
Originalmente, el fondo se integraba con un aporte del Gobierno provincial de $ 4.100.000 anuales, cuya distribución es en un 96,15% para la Municipalidad de Capital y en un 3,85% para la Municipalidad de La Paz. Durante la gobernación de Celso Jaque y la intendencia de Víctor Fayad, el monto del Fondo se modificó en 2008 pasando a $9 millones anuales, y nuevamente en 2010, donde quedó establecido en $13 millones por año.
A partir de un reclamo administrativo del municipio, el Ejecutivo provincial se declaró incompetente y determinó que la Legislatura debía reformar la Ley para que se actualice el monto. Ante este revés, la comuna presentó una demanda judicial ante la Suprema Corte de Justicia.
La letra chica del convenio
El acuerdo firmado entre el Gobierno provincial y Capital aclara en su primera cláusula que no modifica el Fondo Compensador, el que la provincia continuará abonando en los términos, montos y condiciones estipulados en la norma. A su vez, se deja expresamente aclarado que el acuerdo no modifica, afecta o involucra fondos coparticipables correspondientes a la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza o a cualquier otro municipio.
Por otro lado, la Provincia se compromete a transferir a Capital, anualmente, desde enero de 2025 la suma de $1.200.000.000, la que se cancelará en 12 cuotas mensuales iguales, dentro de los 10 primeros días de cada mes.
Se aclara que este monto se pagará hasta que tenga lugar el ajuste del Fondo Compensador a través de una nueva ley de la Legislatura.
Dicha suma será ajustada anualmente, a partir de enero de 2026 en función del aumento porcentual anual que hayan registrado los ingresos a la provincia en concepto de coparticipación federal y financiamiento educativo en el año anterior, y hasta que resuelva la Legislatura sobre el ajuste del Fondo Compensador o hasta que el mismo sea reemplazado por otro concepto definitivo.
Por su parte, Capital se compromete a dar por finalizado el reclamo judicial vinculado a la actualización y/o adecuación del Fondo Compensador, en tanto la provincia cumpla con los pagos de las sumas transaccionales, en la forma y oportunidades acordadas. En este sentido, ambas partes se comprometen a realizar una presentación ante la Corte solicitando que se declare abstracta la causa y se proceda a su archivo.
Otra cláusula establece que la falta de pago de los montos comprometidos en tiempo y forma, por periodos superiores a 3 meses, dará derecho la Ciudad a exigir judicialmente el cumplimiento del convenio y/o continuar con el reclamo. En tanto, el incumplimiento de la comuna a las obligaciones pactadas, facultará al Gobierno provincial a suspender los pagos comprometidos en la cláusula segunda.


