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Sadaic considera judicializar el decreto que firmó Javier Milei

El director nacional del organismo dijo que "es probable que judicialicemos" porque la medida "no tiene un fundamento válido" que justifique su dictado.
El Decreto 765/2024 modifica la Ley N° 11.723, que desde 1933 regula los derechos de autor en el país. Foto: shutterstock.com
El Decreto 765/2024 modifica la Ley N° 11.723, que desde 1933 regula los derechos de autor en el país. Foto: shutterstock.com

El Gobierno modificó por decreto la ley que obligaba a pagar un monto a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (Sadaic) por reproducir o ejecutar música en eventos privados. La medida causó rechazo dentro del organismo, principalmente porque atentaría contra los derechos de autor de los artistas. Guillermo Ocampo, director nacional del Sadaic, dio su perspectiva en MDZ Radio 105.5 FM y adelantó que consideran tomar la vía legal para oponerse al reciente decreto.

El decreto firmado por el presidente Javier Milei establece que los salones de fiestas y hoteles ya no deberán abonar estos derechos por la música que se reproduzca en sus instalaciones. "Yo no estoy de acuerdo con el decreto, obviamente, porque no tiene un fundamento válido que justifique el dictado de una medida de este tipo. Lo único que hace es avanzar sobre los derechos económicos de los autores y compositores". Sadaic se encarga de repartir lo recaudado "entre los autores y compositores, tanto sea nacional como del mundo", precisó. 

El director objetó que "acá lo que hubo es una detracción de ingresos a un sector", y argumentó que la medida tiene como "objeto principal" el beneficio a "básicamente, el sector hotelero", "que alegaba que si las tarifas de Sadaic no se pagaban, iban a poder mejorar la estructura de precios de la hotelería". Sin embargo, Ocampo argumentó que los hoteles no van a bajar los precios, "y ese beneficio directo es a costa de otro sector de interés como es el sector de creadores, de autores, compositores, etcétera".

En cuanto a la implementación del nuevo decreto, Ocampo aclaró que los salones de fiestas aún deberán pagar derechos si obtienen un beneficio directo o indirecto por la explotación de la música. En el artículo 35, segundo párrafo, "dice que cuando se obtenga un beneficio directo o indirecto por la explotación de una obra, se debe pagar un derecho de remuneración. O sea que no es gratis. Entonces el salón de fiestas hace una actividad comercial en la cual, entre otras cosas, se utiliza música. Y todo eso le genera un ingreso económico. Ese salón tiene que pagar, porque lo dice expresamente el decreto", explicó.

Los hoteles, por otro lado, tienen un conflicto histórico con Sadaic. "Ellos alegan que la música en los cuartos de los hoteles no debería pagarse porque los cuartos de los hoteles son equiparables al domicilio privado de las personas. Ese es el razonamiento de los hoteles. Eso se discutió judicialmente. En la Argentina, la Corte Suprema de Justicia de la Nación le dijo a los hoteles que tenían que pagar, porque los cuartos de los hoteles son un lugar público". Y, como lo estipula la ley, cuando la música se reproduce en un espacio público, la entidad tiene que cobrar.

El impacto de esta medida en la industria de eventos y en la recaudación de Sadaic aún está en suspenso. Para el director nacional, sin embargo, el descontento es mayor, por lo que "es probable que judicialicemos".

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