La OSEP extendió una drástica medida que tendrá vigencia todo el 2025
La obra social estatal prorrogó la suspensión de las afiliaciones voluntarias independientes durante todo el año que viene pero fijó algunas excepciones.
La Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) decidió prorrogar la suspensión de las afiliaciones voluntarias para todo el 2025. La medida se había adoptado en 2023 y ahora se extendió por tercer año consecutivo. Sin embargo, determinó algunas excepciones para los casos de los recién nacidos.
A través de la Resolución N° 1322, el directorio de la obra social estableció que la prórroga desde el 1 de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025 de la suspensión del ingreso a la Obra Social de Empleados Públicos bajo la categoría “Afiliación Voluntaria Independiente”.
La medida fue solicitada por el Departamento de Afiliaciones. En los considerandos de la norma aclaran que la Carta Orgánica de OSEP resalta que la obra social tiene como objeto principal asegurar la prestación de servicios médicos asistenciales que contribuyan a la preservación de la salud física y psíquica de sus afiliados, sin perjuicio de ampliarlo a otros beneficios sociales, “con las limitaciones que impongan las posibilidades técnicas financieras y las reglamentaciones y resoluciones que lo dicten”.
En otro punto se advierte que “se mantienen los presupuestos y antecedentes” que dieron lugar a la disposición adoptada en 2023, cuando se restringió el ingreso de afiliados voluntarios.
Sin embargo, la resolución plantea algunas excepciones. Se excluyen de los alcances los ingresos de recién nacidos que sean hijos de afiliadas directas, indirectas o adherentes del Sistema de Afiliación Voluntaria Independiente. En tanto plantea un protocolo diferente para el caso de los recién nacidos internados en neonatología desde su nacimiento y para los que cuentan con el alta médica tras nacer.
Para ambos casos, la madre deberá estar afiliada. En el caso que revista el parentesco de hija o hermana en el grupo familiar, pasará a ser afiliada directa.
Si la afiliación del menor se realiza hasta los 30 (treinta) días de vida, no realiza examen de admisión y toma la carencia de la madre desde que ésta es mayor de edad.
Si la afiliación se realiza entre los 31 (treinta y uno) y 60 (sesenta) días de vida, debe realizar examen de admisión, obtener la calificación APTO y tomará la carencia de la madre.

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