Dieta y jubilación

Gustavo Gutiérrez se defendió tras la intimación en su contra y explicó por qué cobra doble remuneración

El concejal capitalino se encuentra en medio de una polémica desatada tras conocerse que percibe sus haberes jubilatorios y su sueldo como edil en simultáneo.

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MDZ Política jueves, 14 de noviembre de 2024 · 18:59 hs
Gustavo Gutiérrez se defendió tras la intimación en su contra y explicó por qué cobra doble remuneración
Gustavo Gutiérrez. Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

Se sumó un nuevo capítulo a la novela que involucra al concejal capitalino de la Coalición Cívica y La Unión Mendocina, Gustavo Gutiérrez, respecto a la polémica surgida semanas atrás sobre el cobro de su dieta y, también, su jubilación. Este jueves, la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza lo intimó por la doble percepción. Desde la comuna lo emplazaron para que suspenda el beneficio previsional y devuelva los haberes cobrados desde que asumió su banca (aproximadamente $20 millones).

La situación de Gutiérrez había tomado trascendencia pública luego de que un particular solicitara un pedido de acceso a la información pública advirtiendo una posible incompatibilidad por el cobro de la dieta de concejal y los haberes jubilatorios, algo que está prohibido por la legislación provincial.

Gutiérrez dialogó con MDZ Radio con el fin de defenderse en medio del escándalo. Aseguró que irá a la Justicia y, además, reveló que lo que lo motiva a no dejar de cobrar su jubilación es que se encuentra en un proceso de demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

"A mí nadie me ha requirió nada ni tengo que defender nada. Mucho menos el Concejo Deliberante. Es un empleado de tercera cuarta categoría del municipio. Una persona de recursos humanos me ha mandado un mail a mi correo particular diciendo que tenía que renunciar a mi haber jubilatorio ordinario", comenzó el edil.

Y agregó en tono irónico: "Cuando se pelean, los tucumanos dicen que los santiagueños son vagos y los santiagueños les dicen que son ladrones. Para no decirles ladrones, les dicen que encuentran las cosas antes de que los dueños las pierdan. Este es el humor que tienen... Acá, el intendente la ciudad de Mendoza, Ulpiano Suarez, del clan Suarez que hace por lo menos 40 años que vienen viviendo del Estado, no encuentra las cosas antes de que se pierdan, pero él anuncia por la prensa las cosas que todavía no ha hecho formalmente ni jurídicamente".

Respecto a los pasos a seguir en el proceso, indicó: "Esto se va judicializar. De ninguna manera voy anunciar mi estrategia jurídica que tiene que ver con lo administrativo, lo constitucional, lo municipal y lo provincial".

El mail que le llegó a Gustavo Gutiérrez.

Sobre las razones por las que percibe su dieta y la jubilación al mismo tiempo, señaló: "Efectivamente he cobrado la dieta como concejal. Me jubilé y no me pagan la jubilación. Me pagan una jubilación de mier**, entonces hay que demandar al ANSES por la diferencia. Todos los jubilados tienen que meter la demanda. Las sentencias están saliendo a favor por el fallo de la Corte cada cuatro o cinco años. ¿Por qué he tenido que cobrarla? Para poder demandar por el haber jubilatorio. Esta es la única razón: una jubilación de mierda que estoy tratando que ajusten con estos juicios. Por eso no la puedo suspender. La dieta no tiene nada que ver. Es una compensación municipal para estos burros, que no tiene que ver con esa ley provincial y que la están eludiendo absolutamente".

Asimismo, cargó contra el diputado nacional Julio Cobos. "Si vamos a los casos de actuales tenían que echarlo a Julio Cobos que cobra la jubilación de exvicepresidente de la Nación y la dieta de diputado. La dieta dice que la dona, que es lo mismo que se la coma en helados de Grido", dijo Gutiérrez, quien denuncia ser víctima de una persecución política.

Y sumó: "La jubilación me la gané laburando 42 años. La dieta de concejal está en $1.900.000. No es de las más altas de la provincia. Hay muchos municipios que están por arriba. Yo estoy trabajando y me verán trabajar más que los concejales oficialistas. Me ocupo de cada uno de los temas y les molesta".

"Me estoy rompiendo el alma para ser concejal y denunciar todas estas cosas de la oposición. Bueno lo vamos a judicializar y vemos quién tiene la razón. Estoy diciendo cuando estoy cobrando porque trabajo y lo hago todos los días. Lo podrán determinar en cada pedido informe en cada investigación en cada ordenanza y fundamento que tengo todos los martes en las sesiones. Tampoco voy a donar la dieta como hace el trucho de Cobos", lanzó en tono desafiante.

Por otr parte, la DDJJ de Gutiérrez en la Ciudad refleja que el concejal no llenó los casilleros como debía, lo cual también derivó en el accionar del municipio. No obstante, Gutiérrez dijo en su defensa: "No he mentido en la Declaración Jurada. Es trucha y está mal hecha, pero no se dan cuenta...".

"Yo cumplí 70 años. Tengo más de 40 años de aporte como autónomo, contador profesional, profesor universitario, profesor secundario, empresario en el  área de transporte, legislador provincial, legislador nacional, como síndico de YPF y auditor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en servicios públicos. Estoy recontra pasado de jubilación ordinaria. Nunca con una jubilación de privilegio", aportó.

Asimismo, cabe recordar que en la información correspondiente a la declaración jurada disponible en la Oficina de Ética Pública de la provincia, Gutiérrez tampoco precisó percibir su jubilación.

La DDJJ de Gutiérrez en la Ciudad.

Para avanzar con la intimación, en Capital se basan en el artículo 13 de la Constitución provincial, el cual determina que “nadie podrá acumular dos o más empleos o funciones públicas rentadas”. Pero más allá de las posibles interpretaciones sobre si el haber jubilatorio es o no una renta, también hacen hincapié en los artículos artículos 30 y 30 bis de la Ley N° 6.921. En ellos se establece que “ninguna persona que goza de beneficios jubilatorios podrá desempeñar actividades cargos rentados en el ámbito” de la administración pública provincial”.

Específicamente, añade que “para el caso de cargos electivos, deberá percibir la remuneración correspondiente al cargo que desempeña, debiendo el titular suspender el beneficio previsional que goza, de acuerdo a los mecanismos previstos para tal trámite”.

La misma norma determina cuál es el procedimiento a seguir en caso de incumplimiento y la persona que desempeña un cargo electivo no suspenda el beneficio previsional. “La Administración Pública Provincial deberá emplazar al infractor a fin de que en el plazo de 10 días hábiles de notificado, suspenda el beneficio previsional que posee, y proceda a la devolución de las sumas percibidas en concepto de remuneraciones efectivamente pagadas por el Estado Provincial desde que asumió en el respectivo cargo, y hasta la fecha del pedido de suspensión del beneficio previsional, con más un interés equivalente al que se consigna en el Código Fiscal de la Provincia por los conceptos de mora para con la Dirección General de Rentas quedando en caso de inobservancia de lo expuesto, expedita la vía judicial a fin de perseguir su cobro por la vía de apremio”, reza la normativa.

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