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"Lilita" Carrió le ganó una batalla judicial al cuñado de Sergio Massa

La Corte zanjó una disputa por "daño moral" donde Sebastián Galmarini exigía que la exdiputada le pagara un millón de pesos y se retractara por haberlo vinculado con narcos.
La Corte Suprema de Justicia le dio la razón a la líder de la Coalición Cívica Foto: Twitter Coalición Cívica Ari
La Corte Suprema de Justicia le dio la razón a la líder de la Coalición Cívica Foto: Twitter Coalición Cívica Ari

La Corte Suprema de Justicia le dio la razón a la líder de la Coalición Cívica, Elisa Carrió, en una demanda que Sebastián Galmarini le inició por haberlo vinculado con el exfiscal General de San Isidro Julio Novo por encubrir a narcotraficantes.

La demanda fue formulada en la justicia civil en octubre de 2016. El entonces senador provincial y hermano de la mujer de Sergio Massa, acusó a Carrió de “daño moral” y exigió que se le compensara con un millón de pesos.

“Lilita” había dicho que Sebastián, Sergio Massa y el exjefe de Gabinete Aníbal Fernández, tenían una "íntima vinculación" con el fiscal Novo de San Isidro, quien actualmente es enjuiciado por encubrimiento agravado. Dato no menor es que Carrió declaró como testigo en el marco de esa causa.

Carrió, por entonces diputada, sostuvo haber esgrimido sus dichos bajo la protección de la inmunidad de opinión establecida en la Constitución Nacional. Agregó que las alusiones a Galmarini eran incidentales y no tenían carácter agraviante, además que manifestó haberse referido a noticias difundidas por la prensa.

En segunda instancia, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil le dio la razón a la legisladora al admitir la falta de acción por inmunidad de jurisdicción. No obstante, Galmarini apeló esa decisión, la cual los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda desestimaron la objeción de Galmarini.

Los supremos argumentaron su decisión en función del dictamen de la procuración que dijo que “las expresiones vertidas ante diversos medios periodísticos por la diputada Carrió en su carácter de legisladora nacional guardan conexidad con la función de control desempeñada por aquella en el marco de investigaciones sobre actividades de narcotráfico y su vinculación con distintos estamentos del Estado”.

Dicho dictamen también destaca el “lugar privilegiado” que la Corte ha acordado a la libertad de expresión y de opinión “frente al estándar atenuado de protección –ante cuestiones de interés público y general- cuando el sujeto pasivo o destinatario de las críticas y opiniones es una persona pública, como es el caso del actor”.