Ingresos personales

El Gobierno envió al Congreso el proyecto que reforma el impuesto a las Ganancias

El Poder Ejecutivo estableció que el mínimo no imponible será a partir de los $1.250.000.

Redacción MDZ
Redacción MDZ miércoles, 24 de enero de 2024 · 00:14 hs
El Gobierno envió al Congreso el proyecto que reforma el impuesto a las Ganancias
Entró el proyecto de Ganancias al Congreso Foto: Archivo

El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto definitivo de ingresos personales para reemplazar al Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría.

La iniciativa lleva el nombre de “Impuesto a los Ingresos Personales” y contemplará un mínimo no imponible de entre $1.250.000 sobre los salarios de los trabajadores en relación de dependencia. Esto significa que, de acuerdo a este nuevo esquema, aquellos trabajadores que perciban ingresos brutos mensuales superiores a este monto quedarán alcanzados por el impuesto. 

El proyecto de ley también establece que el monto mencionado se ajustará trimestralmente a través del Índice de Precios al Consumidor (IPC) suministrado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), con vigencia a partir de abril 2024.

A su vez, se establecieron nuevas escalas que contemplan alícuotas progresivas de entre el 5% y el 35%.

César Litvin, especialista en tributación, compartió con NA su análisis sobre el proyecto que será tratado en el Congreso en las próximas horas.

El especialista destacó que la principal virtud de la iniciativa radica en la progresividad que se le da al tributo mediante las nuevas escalas. En este sentido, indicó que "se deja de lado la técnica del gobierno anterior, que tomaba el piso en lugar del mínimo no imponible y le aplicaba la alícuota más alta".

En cambio, señaló que, con este cambio de normativa, "cuando el asalariado alcanza el mínimo no imponible, se aplican las escalas más bajas, dándole la progresividad propia del impuesto".

Otro de los beneficios que remarcó Litvin es que el proyecto contempla distintos dictámenes respecto del tratamiento de horas extra, bonos por productividad y fallas de caja, "que hacen que haya mayores deducciones y por ende se paguen menos impuestos".

Sin embargo, enfatizó que la iniciativa no equipara la situación de los autónomos, "que siempre quedan relegados" en las actualizaciones tributarias.

Importante

“Los montos previstos en este artículo se ajustarán por trimestre calendario, el 1° de enero, el 1° de abril, el 1° de julio y el 1° de octubre de cada año, a partir del 1° de abril del año fiscal 2024, inclusive, por el coeficiente que surja de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Indec".

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