Elecciones 2023

La Justicia regulará un foco de sospecha en todas las elecciones

Los partidos políticos deberán rendir cuentas ante la AFIP respecto a la contratación de empresas para la impresión de boletas electorales. Los juristas de la Cámara Nacional Electoral destacaron que hubo irregularidades con la cuestión en el pasado.

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MDZ Política martes, 23 de mayo de 2023 · 16:38 hs
La Justicia regulará un foco de sospecha en todas las elecciones
Foto: Twitter

El Poder Judicial de la Nación impulsó a través de la Cámara Nacional Electoral un blanqueo estricto del uso de los fondos partidarios para la compra de boletas. Se deberá rendir cuentas ante la AFIP mediante la presentación de documentos para verificar la veracidad de las empresas encargadas de la impresión. 

La acordada extraordinaria número setenta y siete fue diagramada por los doctores Alberto Ricardo Dalla Via, Santiago Hernán Corcuera y Daniel Bejas. De secretario de Actuación Judicial confluyó el doctor Hernán Gonçalves Figueiredo. 

El cuerpo de Auditores Contadores podrá solicitar datos y documentación para verificar la actividad comercial de la empresa. Se chequeará el contrato social o estatuto inscripto en el registro público pertinente -la constancia de inscripción y categoría en la AFIP- y la constancia actualizada de no inclusión en la base de “Contribuyente no confiable de AFIP”.

Cámara Nacional Electoral. 

Se verá la facturación promedio de un período determinado y la facturación del servicio. Se debe indicar el precio unitario por boleta, el importe total y detalle de la categoría electiva a la que corresponde. También se requiere el recibo de la empresa por el monto pagado por la agrupación, indicando la forma en la que se recibieron los fondos. Tendrá lugar el remito emitido por la empresa, donde conste la cantidad, calidad y descripción de las boletas impresas y entregadas. 

Los juristas aclararon en redundancia que los aportes públicos de boletas no pueden utilizarse para otro fin que no sea su impresión. La ley 26.215 (modif. por las leyes 26.571 y 27.504) determina que “el remanente del aporte de boletas o el total, en caso de que no haya [sido] acreditado el gasto en el informe final de campaña, deberá ser reintegrado por las agrupaciones políticas dentro de los noventa (90) días de realizado el acto electoral”.

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