Vialidad: cuándo se conocen los fundamentos de la condena a Cristina Fernández de Kirchner
El 6 de diciembre de 2022 la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner fue condenada a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua por el delito de administración fraudulenta, lejos de los 12 años que solicitó la fiscalía al considerarla jefa de una asociación ilícita. Por ese delito fue absuelta por mayoría. Se trata del juicio conocido como “Vialidad” u “Obra pública” que inició el 21 de mayo de 2019.
Este jueves 9 se conocerán los fundamentos de aquella sentencia a la que desde el oficialismo consideran que fue para “proscribir” a su líder política.
Cuando emitieron su veredicto aquel 6 de diciembre pasadas las 17:30 horas los jueces consideraron tener la certeza que “mediante la tramitación de cincuenta y un procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en la provincia de Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional en los términos y condiciones establecidos por la ley penal”.
Según sostuvieron los jueces, “la evidencia ha demostrado que durante ese período las obras viales licitadas en esa provincia fueron sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas al imputado Lázaro Antonio Báez, grupo cuya conformación y crecimiento económico exponencial se vio directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción. Aquellos procesos fueron llevados a cabo, en su mayoría, por la Administración General de Vialidad Provincial de Santa Cruz (AGVP), en virtud de facultades delegadas por la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) y, ocasionalmente, por este último organismo en forma directa”.
En ese contexto consideraron: "Ha sido dirimente, en esa lógica, la comprobación de un interés manifiesto sobre el plan criminal de la por entonces presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, evidenciado a través de su participación en los beneficios económicos producto del delito obtenidos por intermedio de múltiples vínculos contractuales y comerciales con Lázaro Antonio Báez en forma concomitante a la ejecución de esta maniobra”.
Además refierieron que se encontraron ante un hecho inédito en la historia del país, pues se ha acreditado que “ciertas decisiones trascendentales respecto de la marcha empresarial del grupo fueron adoptadas siguiéndose órdenes expresas de los más altos integrantes del Poder Ejecutivo Nacional. También quedó suficientemente probado que la estrategia delineada entre funcionarios y empresarios se aseguró mediante el dictado de actos administrativos de las agencias referidas, siempre operando bajo una apariencia de legalidad”.
Junto a Cristina Fernández de Kirchner también fueron condenados por administración fraudulenta, el empresario Lázaro Báez, José López, ex secretario de Obras Públicas; y Nelson Periotti, ex titular de Dirección Nacional de Vialidad.
También recibieron condenas menores Juan Carlos Villafañe, ex jefe de la Administración General de Vialidad Provincial de Santa Cruz (AGVP), Raúl Pavesi, ex titular de la AGVP, Mauricio Collareda, jefe de Distrito N°23 Santa Cruz de la DNV, José Raúl Santibáñez, ex presidente del directorio de AGVP, y Raúl Daruich, responsable del Distrito N°23 “Santa Cruz” de la DNV.
Por otra parte el Tribunal absolvió a Julio de Vido, ex ministro de Planificación; Abel Fatala, ex subsecretario de Obras Públicas; y Héctor Garro, ex presidente de la Administración General de Vialidad Provincia de Santa Cruz.
Y ya sin pedido de condena por parte de la fiscalía fue beneficiado con la absolución Carlos Kirchner, primo de Néstor Kirchner y ex secretario de Coordinación de Planificación.
Una vez que se conozcan los fundamentos las partes podrán apelar el fallo para que la Cámara Federal de Casación Penal revise las condenas y absoluciones. Pero nada quedará firme hasta que la Corte Suprema se expida por lo tanto hablar de proscripción por la inhabilitación impuesta es falaz, y mucho menos pensar en una prisión. Aunque para la vicepresidenta peor que la condena a prisión es la inhabilitación y así lo manifestó cuando habló por redes tras escuchar la condena en diciembre.
Allí sostuvo que la condena no son los 6 de cárcel. “La condena real es la inhabilitación perpetua a ejercer cargos políticos electivos, cuando todos los cargos a los que accedí fueron siempre por el voto popular. Cuatro Gobiernos ganamos con el apellido Kirchner. Por esto me inhabilitan y esta es la verdad de la milanesa”.
Así también el pasado 1 de marzo en la apertura de sesiones ordinarias el presidente Alberto Fernández al realizar una crítica feroz al Poder Judicial se refirió a la condena y sostuvo que “hace unos meses esta organización coronó su actuación con una condena en primera instancia a la vicepresidenta de la Nación. Lo hicieron tras simular un juicio en el que no se cuidaron las formas mínimas del debido proceso y se formularon imputaciones que rayan con el absurdo jurídico buscando su inhabilitación política”.
En ese contexto refirió que “esa sentencia es el corolario al que se llega tras el desatino de una serie de interpretaciones jurisprudenciales que desde el 2015 vienen repitiéndose y que contradicen los más elementales principios del derecho penal. “No pudo no haber sabido” sostienen. De ese modo presumen el dolo, castigan por cierto criterio de responsabilidad objetiva e imponen el derecho penal de autor. Entonces se castiga a la persona por lo que es y no por la que ha hecho”, agregó.
Finalmente dijo que los tribunales aún tienen tiempo de “reponer el imperio del derecho y acabar con tantas tropelías cometidas invocando a la Justicia”.
Las partes ya preparan sus apelaciones y la fiscalía en el mes de diciembre ya había adelantado que volverá a sostener que hubo una asociación ilícita dedicada a la sustracción de fondos, en tanto desde las defensas seguirán sosteniendo la inocencia de los acusados.