ver más

Atentado a CFK: profundizarán el análisis de los celulares de las asesoras de Milman

Lo decidió la Cámara Federal tras un pedido de la querella de Cristina Fernández de Kirchner.

En un fallo por mayoría de los votos de los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, y con la disidencia de Mariano Llorens, la Cámara Federal hizo lugar a un planteo de la querella de Cristina Fernández de Kirchner en la causa por el intento de homicidio perpetrado el pasado 1 de septiembre. 

Los abogados habían solicitado y ahora se ordenó ampliar el plazo y profundizar el estudio de los celulares de las asesoras del Diputado Gerardo Millman, para indagar sobre la pista Casablanca y la existencia de los dichos que lo vinculan con el atentado contra la Vicepresidente.

Los abogados José Ubeira y Marcos Aldazabal apelaron la decisión del 29 de diciembre de 2022, mediante la cual la jueza María Eugenia Capuchetti rechazó el recurso presentado contra la negativa a la pretensión de la parte, de que se amplíe el marco temporal del análisis de la información extraída de los teléfonos celulares de las testigos Ivana Bohdziewicz y Carolina Elizabeth Gómez Mónaco.

Si bien la medida a realizarse se habría circunscripto al análisis de la información obrante en los teléfonos durante días posteriores al 30 de agosto de 2022, solicitaron los letrados que se examine como mínimo desde el 1° de julio de 2022 hasta la actualidad.

De este modo los Camaristas teniendo en cuenta los lineamientos trazados y la gravedad institucional del hecho aquí investigado, sostuvieron que “se torna necesaria la producción de las diligencias probatorias que puedan resultar pertinentes y útiles para la averiguación de la verdad, sin escatimar esfuerzos y con la premura del caso, aunque optando siempre por la alternativa que resulte menos lesiva para la totalidad de las garantías constitucionales en juego, cumpliendo con el delicado equilibrio que debe mensurarse en casos como el presente”.

En función de ello, agregaron que luce razonable que se realice la búsqueda de la información contenida en los aparatos telefónicos secuestrados a Ivana Bohdziewicz y Carolina Elizabeth Gómez Mónaco, la cual habrá de circunscribirse a corroborar o descartar la existencia de cualquier mención a los dichos que, según el testigo Abello, habría proferido Gerardo Milman en la jornada del 30 de agosto de 2022 y/o cualquier mención o texto que pueda vincularse al atentado.

En igual sentido consideraron fundamentada por la parte la ampliación del lapso temporal propuesto, en virtud de lo cual “concluiremos que el examen de dicha información debe realizarse entre el 1° de julio y el 1° de diciembre de 2022 -fecha en la que se aportaron los dispositivos en cuestión-; debiendo ser realizado, tal como lo ha sugerido la propia querella, bajo preciso control jurisdiccional y del Ministerio Público Fiscal y con restricción de absoluta reserva de toda aquella información que no guarde estricta relación con el caso”.

En disidencia votó el juez Mariano Llorens que consideró que “la parte no logró fundar adecuadamente la extensión solicitada, máxime, cuando en la propia audiencia ambos letrados advirtieron la inutilidad de la prueba pedida debido a su sospecha de que el contenido de un aparato telefónico habría sido borrado mientras que el otro habría sido cambiado por su usuaria. En ese contexto, los argumentos de la Querella -de momento- parecen abstractos y carentes de sentido objetivo”.