Ya es oficial: Walter Bento dejó de ser juez y lo informan a todos los organismos públicos
La remoción de Walter Bento como juez federal tuvo efecto inmediato, a tal punto que fue detenido pocos minutos después de que al jurado diera su veredicto y determinara que había incurrido en las causales de mal desempeño en sus funciones.
Pero ahora esa decisión es oficial y pública: el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación publicó en el Boletín Oficial la resolución por la cual se informa de la decisión. De esa manera Bento perdió todos los privilegios que tenía como juez. El principal era la inmunidad para ser detenido. Pero también perdió su salario y el acceso a una jubilación VIP, como la de todos los magistrados (82% del último salario y con actualización automática). Bento sí podría recibir una jubilación ordinaria en base a sus aportes.
El Jurado publicó la decisión en el Boletín donde determina: "Remover al señor juez Walter Ricardo Bento, titular del Juzgado Federal Nº 1 de Mendoza, por haber incurrido en la causal constitucional de mal desempeño, de conformidad con lo establecido por los artículos 110 y 115 en función del artículo 53 de la Constitución Nacional y artículo 25, incisos 2 y 5, de la ley 24.937, con costas (artículo 39 del Reglamento Procesal)".
Además, se remite la decisión a todos los organismos públicos competentes.
La única concesión que hizo el tribunal es "Recomendar a las autoridades de la Obra Social de Poder Judicial de la Nación en los términos del considerando 46°". Esto es, que mantengan la cobertura de esa obra social para el hijo de Bento que tiene una discapacidad.
La resolución completa
JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS DE LA NACIÓN
Expediente 37
Remuévase Juez.
TESTIMONIO
/// la ciudad de Buenos Aires, a los 8 días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés, se reúne el XXXIII Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación, integrado por los jueces de cámara Javier Esteban de la Fuente -en su carácter de Presidente- y Javier María Leal de Ibarra, los senadores nacionales José María Torello y Daniel Pablo Bensusán, las diputadas nacionales Ana Clara Romero y Anahí Costa, y el representante de los abogados de la matrícula federal, doctor Alfredo Enrique Barrau, a los efectos de dictar el fallo definitivo en este expediente Nº 37 caratulado “Doctor Walter Ricardo Bento s/ pedido de enjuiciamiento”.
Intervienen en el proceso, por la Acusación, los representantes del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación doctora Roxana Reyes, doctor Miguel A. Piedecasas y doctor Eduardo Vischi, y por la defensa del magistrado enjuiciado, los defensores particulares doctor Mariano Fragueiro Frías y doctor Felipe Salvarezza y el defensor público oficial designado en los términos del artículo 17 del Reglamento Procesal del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación, doctor Santiago García Berro.
RESULTA: …
Y CONSIDERANDO: …
Por todo ello, en atención a los fundamentos antes expuestos y sobre la base de lo dispuesto por los artículos 53, 110 y 115 de la Constitución Nacional y disposiciones pertinentes de la ley 24.937, sus modificatorias y del Reglamento Procesal, el XXXIII Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación, por mayoría,
RESUELVE:
I) REMOVER al señor juez Walter Ricardo Bento, titular del Juzgado Federal Nº 1 de Mendoza, por haber incurrido en la causal constitucional de mal desempeño, de conformidad con lo establecido por los artículos 110 y 115 en función del artículo 53 de la Constitución Nacional y artículo 25, incisos 2 y 5, de la ley 24.937, con costas (artículo 39 del Reglamento Procesal).
II) REMITIR copia del presente fallo al Tribunal Oral Federal Nº 2 de Mendoza a los fines que pudieren corresponder en el marco de la causa FMZ 13.854/20 del registro de esa judicatura seguida contra Walter Ricardo Bento.
III) RECOMENDAR a las autoridades de la Obra Social de Poder Judicial de la Nación en los términos del considerando 46°).
IV) COMUNICAR la presente resolución a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al Consejo de la Magistratura, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, a la Cámara Federal de Casación Penal, a la Cámara Federal de Mendoza y a la Administración General del Poder Judicial de la Nación, a sus efectos.
Regístrese, notifíquese y cúmplase. Publíquese la parte dispositiva del presente fallo en el Boletín Oficial de la Nación (artículo 36 del Reglamento Procesal).
Javier Esteban de la Fuente (en disidencia) - Javier María Leal de Ibarra - José María Torello - Daniel Pablo Bensusán - Anahí Costa - Ana Clara Romero - Alfredo Enrique Barrau

