Aumenta la tarifa de luz en Mendoza: cuál será el impacto en el bolsillo
El Gobierno de Mendoza autorizó un aumento del servicio de electricidad en la provincia a partir de noviembre que tendrá un impacto promedio en Tarifa a Usuario Final del 53%, según informaron desde el Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE).
El gobernador Rodolfo Suarez autorizó una Revisión Tarifaria Ordinaria para el periodo 2023-2028 luego del proceso de Audiencia Pública que se realizó en julio y que tuvo como objeto poner a consideración la propuesta Tarifaria del EPRE para el Sexto Período Tarifario 2023/2028.
A través del Decreto 2348/2023 el mandatario aprobó las nuevas tarifas estableciendo un sendero de aplicación de los valores determinados en la Revisión Tarifaria: para Noviembre 2023 determinó que se aplicara el 70% de los valores de VAD (Valor Agregado de Distribución) Propio de las Distribuidoras, actualizados a Octubre 2023, mientras que estableció para febrero 2024 la aplicación del resto de los valores de la Revisión Tarifaria, actualizados a Enero 2024, llegando de esta manera al 100% de dichos montos.
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En este marco, a partir de los consumos registrados desde el 1 de noviembre de 2023, el impacto promedio en Tarifa a Usuario Final 53% será, de acuerdo al consumo del usuario y su categoría tarifaria:
Impacto Usuarios Residenciales en pesos con impuestos:
- Residenciales 1: $1.486 mensuales
- Residenciales 2: $3.687 mensuales
- Residenciales 3: $9.600 mensuales
Impacto Usuarios Generales (Pequeños Comercios) 50,5% promedio.
Impacto Usuarios Grandes Demandas 53% promedio.
Impacto Usuarios de Riego Agrícola 33% promedio
Impacto Usuarios con Categoría Tarifaria Peaje 49% promedio
A su vez, el decreto aprueba la propuesta de modificación del Procedimiento de Adecuación de VAD Intra-Periodo Tarifario, también sometido a consideración en la pasada audiencia, que establece revisiones trimestrales durante los meses de Febrero, Mayo, Agosto y Noviembre de cada año, las cuales se presentarán en una única Audiencia Pública anual.
El objeto es que, por un lado, la tarifa acompañe los precios de los costos de la economía, los que varían como consecuencia de la inflación y, por otro lado, para que los impactos tarifarios a la hora de aplicarse sean menos bruscos para los usuarios. Además, dicha adecuación se encontraría en consonancia con los precios estacionales que se establecen cada tres meses por la Secretaría de Energía de la Nación; que son aquellos que se aplican en el componente de la tarifa “Costo de Abastecimiento” de jurisdicción nacional.
También, se aprueba propuesta de modificación de los reintegros de obras, que trata el Artículo 10° del Reglamento de Suministro de Energía, la cual está vinculada con las obras de conexión de nuevos suministros o ampliaciones de potencia. La modificación de dicho artículo del Reglamento de Suministros, propone que la devolución del aporte realizada por el usuario sea total, sin límites de tiempo y con importes actualizados sobre saldo.

