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Multaron a las organizaciones sociales que se manifestaron en Capital

Las organizaciones fueron penalizadas por "cortar e impedir el tránsito vehicular" y, en caso de ATE, también por "contaminación ambiental".
Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ
Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

Luego de las protestas ocurridas en la Ciudad de Mendoza, la municipalidad multó a las organizaciones ATSA, Ampros, CTA y SUTE por cortar el tránsito en las principales arterias de la ciudad. Además, también se multó a ATE por el impedimento de tránsito vehicular y la quema de cubiertas. 

Las manifestaciones del martes impidieron la circulación vehicular a lo largo de 3 horas, principalmente en las intersecciones de las calles Godoy Cruz y Patricias Mendocinas y en Peltier y España, en horario de mañana. Mientras que el miércoles se multó a ATE no solo por el impedimento de circulación vehicular sino también por la quema de cubiertas, las manifestaciones ocurrieron durante casi 4 horas en Peltier y España. 

 Cortes de calle por parte de ATE en las inmediaciones de Casa de Gobierno

El accionar de este grupo de personas infringe el artículo 1° de la Ordenanza N°3016/90, Decreto N°863/08 y artículo 19° de la Ordenanza N°3877/14, sobre actos o eventos en la vía pública y Código de Convivencia del municipio. Por esta razón, se dispuso la aplicación de una multa de veinte mil – 20.000 U.T.M., con un plazo de 10 días hábiles para descargo.

Asimismo, el accionar sobre la quema de cubiertas infringe el artículo 11º de la Ordenanza Nº 2976/90, sobre la prevención de la contaminación ambiental. Por esta razón se estableció una multa de 150 U.P. a 500 U.P.

Qué dice la normativa de la Ciudad

El Articulo 19° sobre el el Derecho a la manifestación, expresión y participación dice: "Conforme a lo normado en la Ordenanza N°3.016/91 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 863/08, la autoridad municipal facilitará, con los medios a su alcance, el libre ejercicio de los derechos de la ciudadanía reconocidos en la legislación vigente y en especial, el de manifestación, expresión y participación en el ámbito del municipio, siempre que se realice por medios lícitos y con conocimiento de la autoridad municipal, respetando la organización pactada en referencia a horarios, itinerarios y condiciones específicas".

Las manifestaciones del martes impidieron la circulación de las arterias más importantes de la Ciudad de Mendoza

Además, explica que: "A los fines de la realización de actos, manifestaciones, movilizaciones y expresiones similares a desarrollarse en el ámbito de la Ciudad de Mendoza, se pondrá a disposición el uso de la explanada del edificio municipal que, a tal efecto, se equipará, sin cargo alguno, con tarimas y sonido adecuado. Para ello, los interesados deberán presentar la solicitud correspondiente ante el Departamento Ejecutivo Municipal, con cuarenta y ocho horas (48 horas.) de antelación a la realización del acto".

"Las movilizaciones y/o manifestaciones que tengan origen en un lugar distinto al indicado en el párrafo anterior deberán realizarse circulando por las veredas, respetando pasos peatonales y señales semafóricas. La infracción a la conducta descripta en este artículo será considerada como gravísima", explica.

El Artículo 11°, que habla sobre combustiones o quemas a cielo abierto, expresa la total prohibición "en la Ciudad de Mendoza las combustiones o quemas a cielo abierto", con las siguientes excepciones: 

  1. Las que tengan por objeto la cocción de alimentos.
  2. En todos los casos que el Departamento Ejecutivo las autorice en forma expresa, por razones debidamente fundadas.

Asimismo, el artículo 48º de la Ordenanza Nº2690 manifiesta que por infringir las prohibiciones establecidas se aplicarán las sanciones de multa de 150 U.P. a 500 U.P. para combustiones o quemas a cielo abierto.