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La Justicia le ordenó a la AFIP prorrogar vencimientos de ganancias y bienes personales

Se trata de una acción que inició el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, por los nuevos instructivos que presentaron desde la AFIP.

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MDZ Sociedad miércoles, 22 de junio de 2022 · 15:30 hs
La Justicia le ordenó a la AFIP prorrogar vencimientos de ganancias y bienes personales
Foto: AFIP

Este miércoles, la Justicia le ordenó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogar vencimientos de ganancias y bienes personales, tras el pedido del Consejo Profesional de Ciencias Económicas. La solicitud buscaba suspender las presentaciones de declaraciones juradas y los pagos de bienes personales e impuesto a las ganancias, ya que los instructivos que presentaron desde la AFIP, no le dan margen a los contadores a liquidar.

Desde la Justicia, se resolvió: "Establecer como objeto procesal de la causa que se ordene a la AFIP-DGI prorrogar el vencimiento de la presentación y el pago de las declaraciones juradas determinativas del impuesto a las ganancias - incluyendo el impuesto cedular- y del impuesto sobre los bienes personales del Período Fiscal 2021 de las personas humanas cuyo vencimiento está previsto actualmente para los días 23 a 27 de junio, hasta después de transcurridos sesenta (60) días desde que fueron puestos a disposición los sistemas web necesarios". 

Para algunos tributarias el fallo de la jueza federal Macarena Marra Gimenez tiene alcance solo para los contadores matriculados en CABA, ya que el planteo de imposibilidad de procesar a tiempo las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales fue presentado a la Justicia por el Colegio Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires. Ese punto, de todas formas, aun aparece en duda y profesionales del resto del país reclaman el mismo plazo para todos. De hecho en el fallo la jueza dispone  "Fijar que la clase está conformada en el caso por los/las profesionales matriculados/as en Ciencias Económicas en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

En sus considerandos la jueza tuvo en cuenta que el Consejo Profesional denunció la "arbitrariedad manifiesta en la omisión de prorrogar el vencimiento de la presentación y el pago de las declaraciones juradas determinativas del impuesto a las ganancias - incluyendo el impuesto cedular- y del impuesto sobre los bienes personales del Período Fiscal 2021 de las personas humanas cuyo vencimiento está previsto actualmente para los días 23 a 27 de junio".

El Consejo le había explicado a la magistrada federal en su presentación que existió una petición de prórroga "mediante la presentación de siete (7) notas en las últimas seis (6) semanas dirigidas a la AFIP-DGI, mediante las cuales invocaron como fundamento la falta de puesta a disposición en forma y tiempo oportunos y razonables, de los aplicativos y sistemas web necesarios para cumplir con las tareas profesionales, en forma diligente y con la debida antelación". Es decir, que con el poco tiempo disponible entre la disposición de los aplicativos y el vencimiento de Bienes Personales y Ganancias era imposible para los profesionales liquidar ambos impuestos de su clientes. 

De ahí que la jueza para su fallo tomó en cuenta que  "los servicios web para la presentación tanto del Impuesto a las Ganancias como el Impuesto sobre los Bienes Personales, han sido puestos a disposición recién el día 12 de mayo a última hora y el de Impuesto Cedular el día viernes 20 de mayo, por lo que los/as profesionales contaron con escasos 20 días hábiles para realizar la carga y presentación." A partir de esas fechas, entonces, comienza a correr el nuevo plazo de 60 días reclamado por los contadores. 

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